BANCO DE CHILE / BAHAMONDE
Rol
Fecha
10 de junio de 2020
Materia
DESPOSEIMIENTO, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Que a estos autos, rol 767-2019, se han acumulado los ingresos de esta Corte, rol 768-2019, 769-2019, 770-2019, 771-2019 y 931-2019, todos los cuales inciden en el mismo proceso, rol 6822-2009, substanciado ante el Primer Juzgado Civil de Puerto Montt, en relación a su cuaderno de desposeimiento, todos los cuales se resuelven a continuación: I.- Rol Corte 767-2019, recurso de apelación interpuesto por la parte demandada María Teresa Bahamonde Almonacid contra la resolución de fecha 10 de mayo de 219, escrita a folio 196. Vistos: 1.- Que por resolución de fecha 2 de mayo de 2019, escrita a folio 193, se falló un incidente de nulidad promovido por la demandada doña María Teresa Bahamonde Almonacid, fundado en la falta de emplazamiento de otros herederos del causante de los demandados, por razón de parentesco como por haberse cedido tales derechos por algunos de ellos. 2.- Que si bien la pretensión de la articulista fue obtener la nulidad de todo lo obrado, la sentenciadora de instancia determinó acoger la nulidad, pero solo en cuanto a retrotraer la causa al estado de notificar de la gestión preparatoria de desposeimiento a los cesionarios y herederos por representación del causante que fueron omitidos. 3.- Que dicha resolución no fue objeto de recursos procesales tendientes a dejarla sin efecto o modificarla, salvo un recurso de aclaración interpuesto por la parte demandante, cuyo objeto en lo pertinente era que se clarificara si la nulidad declarada alcanzó a quienes sí fueron oportunamente notificados. Dicha petición fue desestimada por resolución de 10 de mayo de 2019, escrita a folio 196, estimándose por el tribunal de primera instancia que el fallo se bastaba a sí mismo, pues no anuló la notificación de aquellos herederos válidamente emplazados. 4.- Que es respecto de esta última resolución que se alza la demandada María Teresa Bahamonde Almonacid solicitando se aclare la resolución en el sentido que se acoge el incidente retrotrayendo el procedimien
Fallo
se resuelven a continuación: I.- Rol Corte 767-2019, recurso de apelación interpuesto por la parte demandada María Teresa Bahamonde Almonacid contra la resolución de fecha 10 de mayo de 219, escrita a folio 196. Vistos: 1.- Que por resolución de fecha 2 de mayo de 2019, escrita a folio 193, se falló un incidente de nulidad promovido por la demandada doña María Teresa Bahamonde Almonacid, fundado en la falta de emplazamiento de otros herederos del causante de los demandados, por razón de parentesco como por haberse cedido tales derechos por algunos de ellos. 2.- Que si bien la pretensión de la articulista fue obtener la nulidad de todo lo obrado, la sentenciadora de instancia determinó acoger la nulidad, pero solo en cuanto a retrotraer la causa al estado de notificar de la gestión preparatoria de desposeimiento a los cesionarios y herederos por representación del causante que fueron omitidos. 3.- Que dicha resolución no fue objeto de recursos procesales tendientes a dejarla sin efecto o modificarla, salvo un recurso de aclaración interpuesto por la parte demandante, cuyo objeto en lo pertinente era que se clarificara si la nulidad declarada alcanzó a quienes sí fueron oportunamente notificados. Dicha petición fue desestimada por resolución de 10 de mayo de 2019, escrita a folio 196, estimándose por el tribunal de primera instancia que el fallo se bastaba a sí mismo, pues no anuló la notificación de aquellos herederos válidamente emplazados. 4.- Que es respecto de esta últ
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Puerto Montt, diez de junio de dos mil veinte. Vistos: Que a estos autos, rol 767-2019, se han acumulado los ingresos de esta Corte, rol 768-2019, 769-2019, 770-2019, 771-2019 y 931-2019, todos los cuales inciden en el mismo proceso, rol 6822-2009, substanciado ante el Primer Juzgado Civil de Puerto Montt, en relación a su cuaderno de desposeimiento, todos los cuales se resuelven a continuación: I
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