MÉNDEZ/SINDICATO INTEREMPRESA LIDER S.I.L.
Rol
Fecha
10 de junio de 2020
Materia
REMUNERACIONES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Por sentencia de veinticinco de noviembre de dos mil diecinueve, en los autos RIT Nº O-6481-2019, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se acogió la demanda sobre despido injustificado y cobro de prestaciones deducida por Ernesto Méndez Aldana en contra del Sindicato Interempresa Líder de Trabajadores Walmart Chile, solo en cuanto al cobro del feriado proporcional, rechazándola en lo demás, sin costas. Contra ese fallo, el demandante dedujo recurso de nulidad, haciendo valer la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción de ley, segunda parte. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de ambas partes.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que el demandante en su recurso invocó la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción de ley con influencia sustancial en lo dispositivo del fallo, estimando infringidas dos grupos de normas. En primer lugar, denuncia como infringidos los artículos 162 inciso 1° en relación con el inciso 2° del artículo 454 N°1, inciso concordado con el inciso 1° del artículo 168 y armonizado con el inciso 4° del artículo 162, todos del Código del Trabajo. En segundo lugar, denuncia infracción a los artículos 159 N° 4 del Código del Trabajo en relación con el inciso 1° del artículo 168 del mismo texto legal y al inciso 4 del artículo 162 del Código laboral. I.- En cuanto al primer grupo de infracciones: Señaló que la sentencia establece que se entregó carta de despido por la causal del artículo 159 N° 4 del Código del Trabajo, esto es, por el vencimiento del plazo convenido en el contrato. Sin embargo, la demandada reseñó en la carta-aviso del despido como argumento fáctico: “Ello fundado en la necesidad de racionalizar los recursos del Sindicato Interempresa Walmart Chile”, razón por la demandada debió acreditar esos hechos, en subsunción al imperio del artículo 454 del Código del Trabajo, en cuyo inciso segundo del N° 1) ordena expresamente que la carga probatoria, en relación con la causal de despido, corresponde al empleador. La demandada no acreditó esos hechos, y a pesar de ello, la sentencia en su considerando noveno no aplicó las normas infraccionadas y tuvo por justificada la causal de despido invocada. Por su parte, refiere que el
Fallo
fallo tiene por acreditado que el despido se materializó el 1° del mes de julio del año 2019, y que el contrato duraba hasta el día anterior, esto es, hasta el día 30/06/2019, sin embargo, incumplido el plazo, determinado por el mismo tribunal de todas formas tiene por justificada la causal, sin hacerse cargo de los hechos invocados para el despido, estimando improcedente entrara a conocer el contenido de la carta de despido. II.- En relación con el segundo grupo de normas: refiere que la sentencia determinó que el contrato de trabajo entre las partes era de plazo fijo, desde el 1 de abril de 2019 hasta el 30 de junio de 2019, que el despido fue el día 1 de julio de 2019 y que el monto de la remuneración era de $ 446.593. Por su parte la comunicación de término de la relación laboral señala que “se ha resuelto poner término a su Contrato de Trabajo, a contar del día 01 de Julio de 2019, fecha de conformidad a lo establecido en el artículo 159 inciso cuarto del Código del Trabajo”, siendo evidente que el trabajador continuó prestando servicios con conocimiento del empleador después de expirado el plazo, toda vez que el sentenciador determina y asienta que, el plazo era hasta el 30 de junio de 2019. En consecuencia, señaló que el contrato se transformó ipso jure en uno de duración indefinida, por mandato expreso del inciso final del numeral 4 del artículo 159 del Código del Trabajo. Indicó que, pese a ello, la sentencia no aplicó lo dispuesto en el inciso final del numeral 4
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Santiago, diez de junio de dos mil veinte. Vistos: Por sentencia de veinticinco de noviembre de dos mil diecinueve, en los autos RIT Nº O-6481-2019, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se acogió la demanda sobre despido injustificado y cobro de prestaciones deducida por Ernesto Méndez Aldana en contra del Sindicato Interempresa Líder de Trabajadores Walmart Chile, solo en cuanto
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