SIN INFORMACION

ISAPRE NUEVA MASVIDA/FERRUFINO MATURANA FANNY

Rol

Fecha

9 de junio de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado José Andrés Valenzuela Farías, domiciliado en Tucapel N° 142, Concepción, por la parte demandada Nueva Masvida S.A. en autos caratulados “Ferrufino con Isapre Nuevas Masvida S.A.”, seguidos bajo el Rol C-4963-2019 ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de esta ciudad y deduce recurso de hecho contra la resolución de diecisiete de diciembre de dos mil diecinueve que declaró inadmisible el recurso de apelación que interpuesto contra la resolución de tres de diciembre del mismo año que, en lo pertinente, rechazó la objeción promovida contra la liquidación del crédito de la ejecución. Solicita se acoja el presente arbitrio y se declare admisible el recurso de apelación subsidiario o, el recurso de apelación directa, deducido en subsidio de los precedentes, con costas, en caso de oposición. Argumenta que indebidamente el tribunal a quo liquidó el monto bruto a que fue condenada su parte, como si se tratara de un monto líquido, por lo que objetó dicha certificación de deuda, la que fue rechazada el día tres de diciembre pasado, decisión que impugnó con reposición y apelación subsidiaria y, en subsidio de todo ello, apelación directa. El tribunal resolvió que “se rechaza la apelación interpuesta subsidiariamente” y no ha lugar, atendido los artículos 470 y 472 del Código de Trabajo, a la apelación directa que se interpuso en subsidio. Luego refiere que se reunían todos los requisitos para que su apelación fuera concedida, en lo pertinente, que resulta aplicable el artículo 241 del Código de Procedimiento Civil, que establece la procedencia del recurso de apelación en el solo efecto devolutivo, por remisión del artículo 465 del Código del Trabajo. SEGUNDO: Que, al informar la jueza titular doña Lidia Bruna, expone que el procedimiento se tramita conforme a las reglas del Párrafo 4° del Capítulo II del Título I, del Libro V del Código del Trabajo, normas en las que se encuentran los artículos 470 y

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido por el abogado José Andrés Valenzuela Farías por la demandada Nueva Masvida S.A en contra de la resolución de diecisiete de diciembre de dos mil diecinueve dictada por el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Laboral - Cobranza-3538-2019.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, nueve de junio de dos mil veinte. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado José Andrés Valenzuela Farías, domiciliado en Tucapel N° 142, Concepción, por la parte demandada Nueva Masvida S.A. en autos caratulados “Ferrufino con Isapre Nuevas Masvida S.A.”, seguidos bajo el Rol C-4963-2019 ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de esta ciud

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