JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE VALPARAISO

SALCOBRAND S.A. / INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE VIÑA DEL MAR

Rol

Fecha

9 de junio de 2020

Materia

RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y oídos: 1°.- Que doña María José Muñoz Reinoso, en representación de SAALCOBRRAND SA., deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia de 5 de febrero último, dictada por el Juez del Trabajo de Valparaíso, por la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, dando por infringidos los artículos 22 inciso segundo y 42 letra A citas todas del Código del trabajo, solicitando la nulidad de la sentencia y la dictación de la correspondiente sentencia de reemplazo que acoja el reclamo y deje sin efecto la multa cursada. 2°.- Que el sentenciador del fondo, analizada la prueba rendida y

Fundamentos

considerando la multa reclamada, estima que el hecho a dilucidar dice relación con determinar si los Químicos Farmacéuticos ya individualizados en la multa, ejecutan sus labores bajo supervisión directa del Jefe Zonal o por el contrario, sin esta. El sentenciador da por acreditado que los químicos farmacéuticos detentan la facultad de administración al interior de la farmacia que no los ubica como excluidos de la limitación de jornada pues deben permanecer en dependencias del empleador. Afirma además que el hecho de ejercer sus funciones sin supervisión inmediata no resulto acreditado. 3°.- Que el recurrente al interponer su recurso por la causal de infracción de ley con influencia sustancial en lo dispositivo de la sentencia, acepta los hechos los que tienen la calidad de intangibles, de manera entonces que atendido el mérito de estos la multa reclamada ha sido cursada conforme a la ley y el rechazo del reclamo ajustado a derecho, no cometiendo infracción alguna el sentenciador del grado, por lo que el recurso no puede prosperar. Y visto además lo dispuesto en los artículos 474, 477, 481 y 482 del Código del Trabajo, se rechaza con costas en recurso de nulidad deducido por SALCOBRAND S.A., en contra de la sentencia de 5 de febrero último, librada por el Juez del Trabajo de Valparaíso, la que no es nula. Registrase y comuníquese. Redacción del Ministro Sr Martínez N° Laboral - Cobranza-214-2020.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, nueve de junio de dos mil veinte. Visto y oídos: 1°.- Que doña María José Muñoz Reinoso, en representación de SAALCOBRRAND SA., deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia de 5 de febrero último, dictada por el Juez del Trabajo de Valparaíso, por la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, dando por infringidos los artículos 22 inciso segundo y 42 let

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