SIN INFORMACION

QUEUPUCURA/INOSTROZA

Rol

Fecha

5 de junio de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: A folio 1, con fecha 16 de agosto del año 2019, comparece doña MARTA VICTORIA QUEUPUCURA NAHUELCURA, contadora, domiciliada para estos efectos en Comunidad Luisa Coliman, de la comuna de Perquenco, quien interpone acción constitucional de protección en contra de la COOPERATIVA DE SERVICIOS DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO AMBIENTAL PERQUENCO LTDA., RUT 76.452.080-7, representada por el Presidente de su Directorio don Enrique Inostroza Solis, ambos con domicilio en calle Nicasio de Toro número 910, comuna de Perquenco, fundado en el supuesto ingreso sin autorización en su propiedad, donde se habrían realizado zanjas en el camino privado, con el objeto de instalar tubos para ampliar la red de suministro de agua potable, quedando imposible de utilizar, situación que a su juicio constituye una vulneración del derecho de propiedad consagrado en el numeral 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Funda el recurso en que es propietaria de los inmuebles rústicos, con calidad indígena, ubicados en la comuna de Perquenco, comunidad Luisa Coliman, ROL 219-43, correspondiente a 2,78 hectáreas, inscrito a fojas 858 vta, N°383 año 2005, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Lautaro; y ROL 219-44, inscrita a fojas 33vta, N°53 año 1993, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Lautaro, correspondiente a 2,78 hectáreas, afirmando que dichas propiedades cuentan con un camino privado, exclusivamente de uso familiar que conecta su casa con la ruta S-103, y que pasa por dos propiedades colindantes. Refiere que el día 16 de julio del año 2019, acudió a la propiedad, percatándose que habían realizado trabajos en parte de dicho camino, específicamente al lado de su casa, trabajos que se realizaron con una retroexcavadora, puesto que la tierra había sido removida, por alrededor de 50 metros, para luego concurrir el día 18 de julio, alrededor de las 15.00 horas, cinco personas que ves

Fallo

se declara: Que, SE ACOGE, el recurso de protección deducido por doña MARTA VICTORIA QUEUPUCURA NAHUELCURA, en contra de la COOPERATIVA DE SERVICIOS DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO AMBIENTAL PERQUENCO LTDA., y en consecuencia se ordena a ésta última extraer la totalidad de los tubos instalados para la ampliación de la red de agua potable en el camino sub lite, procediendo a reparar éste, dejándolo en el estado y calidad en que se encontraba previo a realizar los referidos trabajos, absteniéndose, en lo sucesivo, de realizar cualquier acto que importe alterar dicho camino sin previa autorización del dueño o la autoridad pertinente; sin perjuicio de las acciones que puedan entablar los interesados, en otra clase de procedimiento. Regístrese, agréguese a la carpeta judicial y archívese. Redacción de la ministra A.Cecilia Aravena López. Rol N° Protección-5753-2019 (pvb).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, cinco de junio de dos mil veinte. VISTOS: A folio 1, con fecha 16 de agosto del año 2019, comparece doña MARTA VICTORIA QUEUPUCURA NAHUELCURA, contadora, domiciliada para estos efectos en Comunidad Luisa Coliman, de la comuna de Perquenco, quien interpone acción constitucional de protección en contra de la COOPERATIVA DE SERVICIOS DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE, ALCANTARI

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