FLORES/FISCO DE CHILE - CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO
Rol
Fecha
4 de junio de 2020
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Que la resolución recurrida -en cuanto rechaza un incidente de abandono del procedimiento- no es de aquellas que ponen fin al juicio o hacen imposible su prosecución, como tampoco establece derechos permanentes en favor de las partes, ni se pronuncia sobre un trámite que haya de servir de base para el pronunciamiento de la sentencia definitiva, por lo que, atendida la naturaleza de la resolución apelada, no procede su impugnación por la presente vía. Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 158, 187, 188 y 189, todos del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de quince de mayo del año en curso, que rechazó un incidente de abandono de procedimiento, en la causa Rol C-11.594-2017 del 4° Juzgado Civil de San Miguel, y que fuere concedido el veintiséis de mayo último. Al escrito folio N°38.544: Estese a lo resuelto precedentemente. Acordada con el voto en contra de la Ministro señora Sottovia, quien fue del parecer de declarar admisible la apelación interpuesta, por estimar que la resolución recurrida en autos corresponde a una sentencia interlocutoria de primer grado, que resuelve un incidente y establece derechos permanentes para las partes. Devuélvase vía interconexión, en su oportunidad. N° 914-2020.- Civil.
Fallo
Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 158, 187, 188 y 189, todos del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de quince de mayo del año en curso, que rechazó un incidente de abandono de procedimiento, en la causa Rol C-11.594-2017 del 4° Juzgado Civil de San Miguel, y que fuere concedido el veintiséis de mayo último. Al escrito folio N°38.544: Estese a lo resuelto precedentemente. Acordada con el voto en contra de la Ministro señora Sottovia, quien fue del parecer de declarar admisible la apelación interpuesta, por estimar que la resolución recurrida en autos corresponde a una sentencia interlocutoria de primer grado, que resuelve un incidente y establece derechos permanentes para las partes. Devuélvase vía interconexión, en su oportunidad. N° 914-2020.- Civil.
Texto Completo (Preview)
CH (Ccl) En San Miguel, a cuatro de junio de dos mil veinte. Vistos: Que la resolución recurrida -en cuanto rechaza un incidente de abandono del procedimiento- no es de aquellas que ponen fin al juicio o hacen imposible su prosecución, como tampoco establece derechos permanentes en favor de las partes, ni se pronuncia sobre un trámite que haya de servir de base para el pronunciamiento de la sente
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