11B0 JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

M.P C/ FRANCISCO JAVIER FACUSE BOBADILLA

Rol

Fecha

4 de junio de 2020

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, aparece que se encuentran acreditados, en esta etapa procesal, los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal de los delitos por los cuales el imputado fue formalizado, y que no han variado las circunstancias que se tuvieron en vista al momento de decretar su prisión preventiva, por lo que se estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada, atendida la gravedad de los ilícitos materia de la formalización, pena probable a imponer, y bienes jurídicos protegidos, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador procesal penal a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de veintisiete de mayo del año en curso, por el 11º Juzgado de Garantía de Santiago, que mantuvo la prisión preventiva del imputado Francisco Javier Facuse Bobadilla. Comuníquese vía interconexión. Nº 1567-2020-Penal. Pronunciada por la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por las Ministras señoras María Teresa Letelier Ramírez, María Alejandra Pizarro Soto y Dora Mondaca Rosales.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, a cuatro de junio de dos mil veinte. Sala: Segunda Zoom. Rol Corte: 1567-2020 Penal. RUC: 20000695875 Tribunal: 11º Juzgado de Garantía de Santiago Relator: Camila Philp Salgado Fiscal: Karen Acevedo V. Defensor: Juan Carlos Zepeda C. Imputado: Francisco Javier Facuse Bobadilla Delito: tráfico ilícito de drogas Tipo de recurso: Apelación cautelar personal. Escrito: 1 San Miguel, cuatr

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica