8º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

CAT ADMINISTRADORA DE TARJETA S.A./ORELLANA

Rol

Fecha

4 de junio de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente: Que corresponde al tribunal de la causa adoptar las medidas pertinentes para recibir los títulos ejecutivos originales, lo que debe ser comunicado a la ejecutante para su correcto cumplimiento. Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca en lo apelado la resolución de veintidós de abril del año en curso, dictada por el Octavo Juzgado Civil de Santiago, y en su lugar se decide que el tribunal deberá dar curso a la demanda, una vez que el ejecutante acompañe el título original fundante de la ejecución, para lo cual el tribunal le indicará el día y hora en que lo deberá acompañar. Comuníquese. N°Civil-5811-2020.

Fallo

se decide que el tribunal deberá dar curso a la demanda, una vez que el ejecutante acompañe el título original fundante de la ejecución, para lo cual el tribunal le indicará el día y hora en que lo deberá acompañar. Comuníquese. N°Civil-5811-2020.

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C.A. de Santiago Santiago, cuatro de junio de dos mil veinte. Vistos y teniendo únicamente presente: Que corresponde al tribunal de la causa adoptar las medidas pertinentes para recibir los títulos ejecutivos originales, lo que debe ser comunicado a la ejecutante para su correcto cumplimiento. Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca en lo a

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