MARIANELA CATALINA VALDES HIDALGO C/ HENIO LUIS CAYO OLIVARES
Rol
Fecha
3 de junio de 2020
Materia
FALSIFICACION LICENCIA DE CONDUCIR Y OTRAS FALSIFICACIONES. ART. 196 B LEY 18.290.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, se alzó en apelación el Defensor Penal Público, Richard Salazar Pavez, en contra de la resolución dictada en audiencia de diecisiete de mayo del año en curso, por el Juez de Garantía de Arica don Juan Gustavo Araya Contreras, en la que resolvió revocar la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna en dependencias de Gendarmería, concedida al condenado Henio Luis Cayo Olivares, y consecuencialmente con ello, ordenó el cumplimiento efectivo de la pena corporal que le fuese impuesta en la sentencia, sin perjuicio de los abonos que allí puedan serle reconocidos. Indica que su representado, el cinco de julio del año dos mil dieciséis, fue condenado a sufrir la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, por el delito de robo en bienes nacionales de uso público, cuya modalidad inicial de cumplimiento fue bajo reclusión parcial nocturna domiciliaria en la ciudad de Iquique, y que posteriormente, al trasladarse a la ciudad de Arica, continuó cumpliendo la misma pena, pero en dependencias de Gendarmería de Chile. Sostiene que su representado obtuvo un trabajo informal en Azapa, lo que en varias ocasiones lo llevó al incumplimiento de la misma. Agrega que en audiencia de control de detención celebrada el diecisiete de mayo del año en curso, el Juez de Garantía resolvió revocarle la pena sustitutiva, ordenando el cumplimiento efectivo de la pena corporal, sin analizar las circunstancias del caso y los argumentos dados por la defensa. Por lo anterior, pide que se revoque la resolución apelada, declarando que se acoge la solicitud de la defensa, en cuanto se autorice el reingreso a cumplir la pena sustitutiva. SEGUNDO: Que, de lo expuesto por los intervinientes en la audiencia y los antecedentes que constan en la causa, se coligen los siguientes hechos: 1.- Que, el cinco de julio del año dos mil dieciséis, el amparado fue condenado a sufrir la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, por el delito de robo e
Fundamentos
motivos SEXTO: Que, sin perjuicio de lo señalado, ninguna probanza rindió su defensa respecto de la alegación de inasistencia basada en el trabajo agrícola que dijo desempeñar en el período en que, efectivamente, debió asistir al cumplimiento de la pena de reclusión parcial nocturna. En mérito de lo señalado, y normas legales citadas, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de diecisiete de mayo del año en curso, en la causa RIT O-6810-2018, RUC N° 1500747179-0 del Juzgado de Garantía de esta ciudad, que revocó la pena sustitutiva del condenado Henio Luis Cayo Olivares y, como consecuencia de aquello, ordenó el cumplimiento efectivo de la pena corporal impuesta. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 267-2020 Penal.
Fallo
se resuelve por el Juzgado de Garantía, atendido los incumplimientos informados, que se intensifica dicha pena, debiendo efectuarse en dependencias de Gendarmería de Chile y se apercibe al condenado que si persiste con las inasistencias, el tribunal podrá revocar la pena sustitutiva. 3.- Que, el veintiséis de junio de dos mil diecinueve, Gendarmería de Chile informa cincuenta y seis incumplimientos a la reclusión parcial en sus dependencias, conforme al siguiente detalle: “ABRIL 2019 (6-11-12-15-19-20-23-25-26-28) = 10 DIAS; MAYO 2019 (1-2-3-4-5-7-10-12-14-15-19-20-21-22-23-24-25-27-28-29-30-31) = 22 DIAS; JUNIO 2019 (1-2-3-4-5-6-7-8-9-10-11-12-13-14-15-16-17-18-19-20-21-22-23-24) = 24 DIAS.”. 4.- Que, el veintitrés de julio de dos mil diecinueve, en audiencia de control de Ley N° 18.216, a la que el condenado no asiste, habiendo sido válidamente notificado, se despacha orden de detención en su contra. 5.- Que, el catorce de octubre de dos mil diecinueve, Gendarmería de Chile informa nuevamente un total de noventa y ocho incumplimientos, agregando que nunca se ha presentado a dar cumplimiento de la reclusión nocturna y se solicita la revocación del beneficio. 6.- Que, en audiencia de control de detención realizada el diecisiete de mayo del año en curso, se resolvió revocar la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna en dependencias de Gendarmería concedida al condenado y consecuencialmente con ello, ordenó el cumplimiento efectivo de la pena corporal que le fuese imp
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Arica, tres de junio de dos mil veinte. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, se alzó en apelación el Defensor Penal Público, Richard Salazar Pavez, en contra de la resolución dictada en audiencia de diecisiete de mayo del año en curso, por el Juez de Garantía de Arica don Juan Gustavo Araya Contreras, en la que resolvió revocar la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna en dependencias
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