MP C/ SERGIO DAMIAN PARDO BARRIGA
Rol
Fecha
3 de junio de 2020
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1º) Que, se elevan estos antecedentes para conocer de la apelación deducida por la defensa, en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de esta ciudad, que mantuvo la prisión preventiva respecto del imputado de autos, solicitando se enmiende en el sentido de sustituir aquella por arresto domiciliario. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que en el presente estadio procesal existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y la participación que en ellos le cupo al imputado. 3º) Que, en cuanto a la necesidad de cautela, regulada en la letra c) de la norma ya referida, aquella se ve satisfecha únicamente con la medida cautelar de prisión preventiva atendida la gravedad del delito que se le reprocha, las circunstancias de comisión y la pena posible a imponer, así como su eventual forma de cumplimiento, lo que permite estimar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución en alzada de veintisiete de mayo del año en curso, dictada por don Miguel García Herrera, Juez del Juzgado de Garantía de esta ciudad, que mantuvo la prisión preventiva respecto del imputado Sergio Damián Pardo Barriga. Devuélvase. Rol Penal Nº393-2020
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, tres de junio de dos mil veinte. Vistos y considerando: 1º) Que, se elevan estos antecedentes para conocer de la apelación deducida por la defensa, en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de esta ciudad, que mantuvo la prisión preventiva respecto del imputado de autos, solicitando se enmiende en el sentido de sustituir aquella por arresto domiciliario. 2º) Que, de
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