BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA CHILE S.A/MARÍN
Rol
Fecha
4 de junio de 2020
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley, naturaleza jurídica que, en la especie, no se cumple, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada el cuatro de mayo de dos mil veinte, en contra de la resolución de veintisiete de abril del año en curso. Regístrese y devuélvase. N°Civil-6349-2020.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada el cuatro de mayo de dos mil veinte, en contra de la resolución de veintisiete de abril del año en curso. Regístrese y devuélvase. N°Civil-6349-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago(Sala Tramitadora) Santiago, cuatro de junio de dos mil veinte. (dia) Teniendo presente que el recurso de apelación materia del presente ingreso se deduce por el demandado y no quien erróneamente se consigna en la resolución que concede el mismo, estese a lo que se resolverá. A los folios 4 y 5; estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación,
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