MAGALY DEL CARMEN ULLOA SANCHEZ Y OTROS CON TERESA DEL CARMEN ULLOA SANCHEZ
Rol
Fecha
2 de junio de 2020
Materia
CUENTAS, PROCEDIMIENTO ART.680 Nº8 C.P.C.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que conforme lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley 18.120 la omisión de formalidades en la constitución del mandato no importa tener por no presentado el escrito, sino apercibir para su constitución en forma dentro de un determinado plazo, luego de cumplido lo cual procede pronunciarse respecto de lo pendiente, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de veintiséis de diciembre del año dos mil dieciocho, dictada por el Primer Juzgado de Letras de Melipilla, en los autos Rol C-2595-2017. Devuélvase vía interconexión, en su oportunidad. N° 140-2020- Civil.
Texto Completo (Preview)
Dejo constancia que alegó revocando el abogado Juan Iturrieta Cabezas. San Miguel, a 02 de junio de 2020. En San Miguel, a dos de junio de dos mil veinte. Al folio 37685: A todo: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Que conforme lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley 18.120 la omisión de formalidades en la constitución del mandato no importa tener por no presentado el escrito, sino a
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