TERCERA COMISARIA CARABINEROS VALLENAR C/ MANUEL ALEJANDRO CACERES ROJAS
Rol
Fecha
2 de junio de 2020
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, el registro de audio y lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, compartiendo los
Fundamentos
fundamentos del Juez a quo, toda vez que no han variado las circunstancias tenidas en consideración al momento de decretar la prisión preventiva respecto del imputado Alfredo Alejandro Molina Peña, y con lo dispuesto en los artículos 122, 149, 358 y 370 b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada en audiencia de fecha veintiséis de mayo de dos mil veinte, por el Juez de Garantía de Vallenar, don Daniel Eduardo Herrera Marín, que no hizo lugar a la petición de la defensa de modificar la situación cautelar del aludido imputado. Acordada con el voto en contra del Ministro señor Ulloa quien, teniendo en especial consideración la emergencia sanitaria que afecta al país, así como la particular condición del imputado, quien es enfermo crónico - y se encuentra en el grupo de riesgo al tenor de lo informado por las autoridades, a lo que se suma que según dispone la Convención Interamericana sobre la Protección de los derechos humanos, en su artículo 13°, los Estados Parte (…) promoverán medidas alternativas respecto a la privación de libertad, de acuerdo con sus ordenamientos jurídicos internos, argumentos que en estos momentos –a juicio de quien disiente- resultan suficientes para modificar su situación cautelar, apareciendo idónea para satisfacer los fines del procedimiento, aquella medida propuesta por la defensa, por lo todo lo cual estuvo por revocar la resolución del tribunal a quo e imponer al imputado Alfredo Alejandro Molina Peña la cautelar establecida en la letra a) del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es, la privación total de libertad en su domicilio. Regístrese y comuníquese N°Penal-196-2020. En Copiapó, dos de junio de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Copiapó Fecha: Copiapó, dos de junio de dos mil veinte Sala: Única. Rol Corte N°:196-2020 Ruc N°:1801054524-9 Rit N°: O-1783-2018 Juzgado: Garantía de Vallenar. Ministros: señora Aída Osses Herrera, señor Pablo Krumm de Almozara, señor Antonio Ulloa Márquez, señor Rodrigo Cid Mora (S) Relatora: Alejandra Orellana Negrez. Fiscal: Javier Castro (confirmando) Defensor: Pablo Alfonso Pérez
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