LINA DE LOS ANGELES PAILLACAR VARGAS CON LIDIA DEL CARMEN ALMONACID VARGAS
Rol
Fecha
4 de junio de 2020
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287 y artículo 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia en alzada de fecha nueve de julio de dos mil diecinueve, dictada por don Alejandro Ibáñez Contreras, Juez del Primer Juzgado de Policía Local de Puerto Montt, con declaración que se rebaja el monto que la Escuela de Peluquería Integral Lidia Almonacid Vargas deberá pagar a doña Lina Paillacar por concepto de daño moral, a la suma de $535.000 (quinientos treinta y cinco mil pesos), sin costas de esta instancia. Regístrese y devuélvase. Rol N° 197-2019.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, cuatro de junio de dos mil veinte. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287 y artículo 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia en alzada de fecha nueve de julio de dos mil diecinueve, dictada por don Alejandro Ibáñez Contreras, Juez del Primer Juzgado de Policía Local de Puerto Montt, con d
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