SIN INFORMACION

SOCIEDAD DE INVERSIONES CORDILLERA LIMITADA/TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE CHILE

Rol

Fecha

29 de mayo de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha ocho de octubre de dos mil diecinueve comparece Marcelo Alarcón Hermosilla, abogado, en representación de la Sociedad de Inversiones Cordillera Limitada, demandada en procedimiento ejecutivo de cobro de impuesto territorial, caratulado “Tesorería General de la República con Sociedad de Inversiones Cordillera Limitada”, Expediente Administrativo N° 524-2008 Coquimbo, interponiendo verdadero recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 30 de septiembre de 2019, dictada por el Tesorero Regional de Coquimbo, doña Juana Tapia Bernales, en su calidad de Juez Sustanciador, la cual fuera notificada a su parte mediante correo electrónico de fecha 2 de octubre de 2019, en atención a que le fue denegado un recurso de apelación que debió ser concedido, en virtud de las siguientes consideraciones. Expone que en el expediente administrativo precedentemente individualizado, con fecha 24 de julio de 2019 su parte presentó un incidente de abandono del procedimiento y subsidiariamente un incidente de decaimiento del acto administrativo, los cuales fueron rechazados, mediante resolución de fecha 16 de agosto de 2019. Posteriormente, y atendido que tal resolución le fue notificada el día 20 de agosto de 2019, su parte presentó, el día 26 de agosto de 2019, el correspondiente recurso de reposición y, en subsidio, apelación, siendo rechazada la petición principal y declarada inadmisible la petición subsidiaria, con fecha 30 de septiembre de 2019. Agrega que la resolución de fecha 30 de septiembre de 2019, mediante la cual

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación en cuestión, fue notificada con fecha 2 de octubre de 2019 y, en consecuencia, el plazo para interponer el presente recurso vence el día martes 8 de octubre de 2019. Por consiguiente, atendido que el recurso de hecho se ha interpuesto dentro de plazo, que la resolución recurrida denegó un recurso de apelación que debió haber sido admitido a tramitación, el presente recurso debe ser declarado admisible. Por estas consideraciones solicita declarar admisible el recurso de apelación interpuesto por su parte con fecha 26 de agosto de 2019, en contra de la resolución dictada por el Tesorero Regional de Coquimbo, doña Juana Tapia Bernales, en su calidad de Juez Sustanciador, con fecha 16 de agosto de 2019, disponiendo la remisión de los autos a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago para los fines pertinentes. SEGUNDO: Que, con fecha treinta de octubre de dos mil diecinueve comparece Camila Arredondo López de Maturana, Tesorero Regional de Coquimbo, Juez Sustanciador (S), evacuando el informe solicitado, quien sostiene, en síntesis, que el Código Tributario no establece la procedencia del recurso de apelación en contra de las resoluciones libradas por el Juez Sustanciador o el Abogado Provincial; ello, por cuanto el mecanismo de revisión del mérito y legalidad de las resoluciones dictadas por éstos es el pronunciamiento obligatorio del Juez Letrado Civil respectivo. Asimismo, estima que la resolución recurrida tiene la natura

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Sociedad de Inversiones Cordillera Limitada Tesorería General de la República Recurso de Hecho Rol N° 1374-2019.- La Serena, veintinueve de mayo de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha ocho de octubre de dos mil diecinueve comparece Marcelo Alarcón Hermosilla, abogado, en representación de la Sociedad de Inversiones Cordillera Limitada, demandada en procedimiento ejecuti

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