JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

MINISTERIO PUBLICO C/ FANNY MELANY DEL CARMEN BARNAO CABEZAS

Rol

Fecha

29 de mayo de 2020

Materia

CONTRA SALUD PUBLICA. ARTS. 313 D AL 318.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado de los cuales se desprende, que se reúnen respecto de la imputada Fanny Melany del Carmen Barnao Cabezas, el requisito que consigna la letra a) del artículo 140 del Código Procesal Penal, toda vez que en la especie el argumento planteado por la defensa en orden a que los hechos por los cuales ha sido formalizada la encartada no constituyen delito sino que una falta sancionada en sede administrativa, corresponde a una alegación de fondo y que al momento de su detención se encontraba sujeta a medida cautelar, esta Corte estima que la aquella medida decretada por la Jueza a quo, esto es, de arresto domiciliario parcial nocturno, establecida en la letra a) del artículo 155 del Código Procesal Penal, respecto de la aludida imputada, resulta suficiente para asegurar los fines de este procedimiento, por lo que, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada el veintiuno de mayo de dos mil veinte, en la causa RIT 3737-2020, RUC 2010025902-9 del Juzgado de Garantía de esta ciudad. Comuníquese vía interconexión. Rol Nº 273-2020 Penal.

Texto Completo (Preview)

Arica, veintinueve de mayo de dos mil veinte. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado de los cuales se desprende, que se reúnen respecto de la imputada Fanny Melany del Carmen Barnao Cabezas, el requisito que consigna la letra a) del artículo 140 del Código Procesal Penal, toda vez que en la especie el argumento planteado por la defensa en orde

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