SIN INFORMACION

GONZÁLEZ ORTEGA LENÍN ALFONSO/ GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

29 de mayo de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece don Fabián Andres Lobos Moreno, defensor público penitenciario, quien interpone recurso de amparo en favor de don Lenin Alfonso González Ortega, cédula de identidad N° 10.903.409-6, en contra del Tribunal de Conducta del CDP Santiago Sur de Gendarmería de Chile, toda vez que ésta por una decisión arbitraria e ilegal resolvió denegar la postulación al beneficio penitenciario en el primer periodo del año 2020, no obstante, este cumplir con todos los requisitos establecidos en el Decreto Ley 321, afectándose con ello la garantía constitucional prevista en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. Explica que, al parecer la exclusión del amparado, se debió a un error en la calificación de conducta en el periodo de enero y febrero que posteriormente fue corregido. El error consistió en que la conducta fue calificada como “buena” debiendo ser calificada como “muy buena” como posteriormente sucedió. En virtud de lo anterior, solicita se ordene a la Comisión de Libertad Condicional resolver sobre la postulación del amparado de manera urgente y perentoria. SEGUNDO: Que informando Gendarmería de Chile expone que, al momento de confeccionar el listado de postulados, el amparado no cumplía el requisito de conducta, sin embargo, el 5 de mayo del año en curso, se realizó una modificación en la calificación de su conducta, ya que el Sub Director de Reinserción Social, envió a la Unidad, el Oficio 172-2020, instruyendo al personal eximir de las áreas de educación y laboral al interno González Ortega, quedando con calificación Muy Buena. Por lo tanto, a partir del 5 de mayo de 2020, el amparado cumple con la totalidad de los requisitos para ser incorporado al proceso de libertad condicional. Acompaña a su informe, ficha de control de conducta del interno, emitida el 26 de mayo pasado, en la que consta que el amparado registra en los últimos 4 bimestres, incluyendo el período enero-febrero, conducta Muy Bue

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de amparo interpuesto en favor de Lenin Alfonso González Ortega, en contra de Gendarmería de Chile y, en consecuencia, a objeto de restablecer el imperio del derecho se dispone que el Tribunal de Conducta de Gendarmería de Chile deberá remitir, en el más breve plazo, la postulación y antecedentes necesarios, para que la Comisión de Libertad Condicional pueda analizar los aspectos de fondo y pronunciarse derechamente sobre la concesión o negativa del beneficio solicitado. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de mayo de dos mil veinte. Al escrito folio 8: téngase presente. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece don Fabián Andres Lobos Moreno, defensor público penitenciario, quien interpone recurso de amparo en favor de don Lenin Alfonso González Ortega, cédula de identidad N° 10.903.409-6, en contra del Tribunal de Conducta del CDP Santiago Sur de Gen

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