SIN INFORMACION

MAURICIO ARTURO GONZALEZ PACHECO CONTRA ILUSTRISIMA MUNICIPALIDAD DE LA CISTERNA

Rol

Fecha

28 de mayo de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha diecinueve de marzo de dos mil veinte, comparece don Mauricio Arturo González Pacheco e interpone recurso de protección en contra de la I. Municipalidad de La Cisterna, representada por don Santiago Rebolledo Pizarro, señalando que la recurrida ha incurrido en actos arbitrarios e ilegales que privan y perturban su legítimo ejercicio de los derechos garantizados por la Constitución Política de la República en los numerales 2, 3 y 21 del artículo 19. Señala que hace más de un año se encuentra tratando de obtener un duplicado de su licencia de conducir, que extravió en marzo de 2019, solicitud que ha sido denegada verbalmente en forma reiterada. Explica que dicha negativa se funda en la existencia de una multa impuesta por el Juzgado de Garantía de San Bernardo en causa RUC 1701219874-4, RIT 569-2018 no obstante haber sido ésta dejada sin efecto, liberándosele también del pago de las costas de dicha causa. Sostiene, que ante tal actitud, intentó gestionar la obtención de un duplicado de su licencia de conducir por medio de la Municipalidad de Providencia, quienes con fecha 16 de marzo de 2020 le informaron, vía correo electrónico, que corresponde a la Dirección de Tránsito de la Cisterna y no a la de Providencia duplicar la licencia de conducir. Indica que tales negativas reiteradas durante el último año, han alterado el normal funcionamiento de sus actividades laborales infringiendo su derecho a desarrollar cualquier actividad económica de conformidad a lo dispuesto en el artículo 19 N°21 de la Constitución Política de la República y lo han denostado y denigrado vulnerando su integridad psíquica. Además señala que tal actitud vulnera la garantía de igualdad ante la ley, consagrada en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, así como los principios de razonabilidad y proporcionalidad toda vez que no resulta idónea para el fin perseguido y carece de fundamentos; y que también supone por parte de

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la Republica y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de protección interpuesto por don Mauricio Arturo González Pacheco disponiéndose que la Dirección del Tránsito de la I. Municipalidad de La Cisterna deberá otorgar el duplicado de licencia de conducir al recurrente sin otras exigencias que aquéllas que ella misma publicita para toda persona. Redactada por la ministra Sra. Catepillán. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 2717-2020 Protección Pronunciada por la Quinta Sala de esta Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por las ministros señora María Carolina Catepillán Lobos, señora Liliana Mera Muñoz y señora Ma. Catalina González Torres.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintiocho de mayo de dos mil veinte Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha diecinueve de marzo de dos mil veinte, comparece don Mauricio Arturo González Pacheco e interpone recurso de protección en contra de la I. Municipalidad de La Cisterna, representada por don Santiago Rebolledo Pizarro, señalando que la recurrida ha incurrido en actos arbitrarios e ilegales que privan

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