SCOTIABANK CHILE/KATALINIC
Rol
Fecha
28 de mayo de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 467 del Código de Procedimiento Civil que regula el desistimiento de la acción ejecutiva, respecto del cual necesariamente debe conferirse traslado a la contraparte, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 186 del texto normativo antes citado, se revoca en lo apelado la resolución de cinco de septiembre de dos mil diecinueve, dictada por el Décimo Octavo Juzgado Civil de Santiago, y se decide en su lugar que el tribunal deberá conferir traslado a la ejecutada de la presentación efectuada el diecisiete de julio del año pasado, debiendo seguirse la tramitación como en derecho corresponda. Devuélvase N°Civil-14982-2019.
Fallo
se decide en su lugar que el tribunal deberá conferir traslado a la ejecutada de la presentación efectuada el diecisiete de julio del año pasado, debiendo seguirse la tramitación como en derecho corresponda. Devuélvase N°Civil-14982-2019.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de mayo de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 467 del Código de Procedimiento Civil que regula el desistimiento de la acción ejecutiva, respecto del cual necesariamente debe conferirse traslado a la contraparte, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 186 del texto normativo antes citado, se revoca en l
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