MULTIAVAL DOS S.A.G.R/GODOY
Rol
Fecha
28 de mayo de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que la modificación solicitada por la demandada a la resolución que recibe la causa a prueba, en lo relativo al punto Nº 5 que pide agregar, se ajusta a las alegaciones y defensas impetradas en las excepciones que opuso a la ejecución, se revoca la resolución de diecisiete de diciembre de dos mil diecinueve, dictada por el Décimo Noveno Juzgado Civil de Santiago, sólo en cuanto, se agrega como nuevo punto de prueba a los fijados en ella, el indicado como número “5.- “Efectividad que el ejecutado hubiera otorgado mandato al ejecutante para suscribir ante notario pagarés en su representación, facultándolo además para liberar a tales documentos de su obligación de protesto, y para suscribir pagarés por la suma de $ 720.513.156”. En consecuencia, los puntos de prueba quedan fijos en la forma que sigue: 1°) Efectividad de que el tribunal sea incompetente para conocer de esta causa. Hechos y circunstancias que lo acreditan. 2°) Efectividad de ser inepto el libelo de la demanda. 3°) Efectividad de existir omisión de los requisitos de personería o representación legal del que comparece a nombre del ejecutante. 4°) Existencia de vicios de nulidad en las obligaciones materia de autos. 5°) Existencia de hechos o circunstancias que privan al título de fuerza ejecutiva. 6°) Efectividad de que los títulos materia de autos son falsos. 7º) Efectividad que el ejecutado hubiera otorgado mandato al ejecutante para suscribir ante notario pagarés en su representación, facultándolo además para liberar a tales documentos de su obligación de protesto, y para suscribir pagarés por la suma de $ 720.513.156. Devuélvase. N°Civil-3094-2020. En Santiago, a veintiocho de mayo de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de mayo de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Que la modificación solicitada por la demandada a la resolución que recibe la causa a prueba, en lo relativo al punto Nº 5 que pide agregar, se ajusta a las alegaciones y defensas impetradas en las excepciones que opuso a la ejecución, se revoca la resolución de diecisiete de diciembre de dos mil diecinue
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica