1º JUZGADO POLICIA LOCAL DE LA REINA

HIDALGO VIDAL MARIA - TRONCOSO CACERES PABLO

Rol

Fecha

27 de mayo de 2020

Materia

SIN MATERIA

Resultado

CONFIRMADA CON COSTAS

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada. Y se tiene además presente: 1°.- Que la parte demandada se ha alzado en contra del fallo por estimar excesiva la suma a que fue condenado por concepto de daño emergente y para que se deje sin efecto la condena en costas, por estimar que tuvo motivo plausible para litigar. 2°.- Que respecto del primer argumento, de los elementos probatorios allegados por el actor, consistentes en fotografías de la motocicleta, presupuestos e informe pericial, estos resultan suficientes, apreciados de acuerdo a las reglas de la sana crítica, para tener por acreditados los daños que, por concepto de daño emergente, sufrió Pablo Troncoso Cáceres con motivo del accidente ocurrido el 12 de febrero de 2018, avaluación que esta Corte comparte. 3°. - Que en cuanto a la imposición de las costas, este Tribunal de Alzada si bien aparece que el demandado no fue condenado totalmente, puede imponérselas si no tuvo motivo plausible para litigar, cuyo es el caso. Por estos

Fundamentos

fundamentos y lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 18.287, se confirma, con costas del recurso, la sentencia apelada de siete de noviembre de dos mil dieciocho, dictada por el Juzgado de Policía Local de La Reina. Regístrese y devuélvase N°Policia Local-308-2019. En Santiago, a veintisiete de mayo de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

fallo por estimar excesiva la suma a que fue condenado por concepto de daño emergente y para que se deje sin efecto la condena en costas, por estimar que tuvo motivo plausible para litigar. 2°.- Que respecto del primer argumento, de los elementos probatorios allegados por el actor, consistentes en fotografías de la motocicleta, presupuestos e informe pericial, estos resultan suficientes, apreciados de acuerdo a las reglas de la sana crítica, para tener por acreditados los daños que, por concepto de daño emergente, sufrió Pablo Troncoso Cáceres con motivo del accidente ocurrido el 12 de febrero de 2018, avaluación que esta Corte comparte. 3°. - Que en cuanto a la imposición de las costas, este Tribunal de Alzada si bien aparece que el demandado no fue condenado totalmente, puede imponérselas si no tuvo motivo plausible para litigar, cuyo es el caso. Por estos fundamentos y lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 18.287, se confirma, con costas del recurso, la sentencia apelada de siete de noviembre de dos mil dieciocho, dictada por el Juzgado de Policía Local de La Reina. Regístrese y devuélvase N°Policia Local-308-2019. En Santiago, a veintisiete de mayo de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de mayo de dos mil veinte. A los escritos folios 23 y 24: a todo, téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada. Y se tiene además presente: 1°.- Que la parte demandada se ha alzado en contra del fallo por estimar excesiva la suma a que fue condenado por concepto de daño emergente y para que se deje sin efecto la condena en costas, por esti

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica