SIN INFORMACION

PEÑA VALLEJOS JOSÉ PATRICIO /COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

27 de mayo de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Valentina Lorca Nuñez, de la Defensoría Penal Pública, y deduce recurso de amparo en favor de José Patricio Peña Vallejos, actualmente privado de libertad cumpliendo condena, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por el acto ilegal en que habría incurrido con motivo de la dictación de la resolución que rechazó su postulación al referido beneficio, lo que vulneraría el derecho que la Constitución Política de la República le reconoce y protege en el N° 7 del artículo 19. Se expone en el recurso que a pesar de que el amparado cumple con todos los requisitos de carácter objetivo previstos en el Decreto Ley N° 321, que es beneficiario de salida controlada al medio libre y en virtud del artículo 5° de la Ley N° 21.228 también se le ha favorecido con el indulto general conmutativo COVID–19 desde el 21 de abril de 2020, la comisión rechazó conceder el beneficio, estimando que existen factores que desaconsejan, por el momento, concederlo. Considera la recurrente que esta resolución es ilegal y atenta contra la garantía fundamental antes invocada, razón por la cual solicita que se acoja la presente acción, se deje sin efecto la resolución denegatoria y se conceda la libertad condicional al amparado. Segundo: Que al evacuar informe la Presidente de la Comisión de Libertad Condicional indica que se rechazó el beneficio por unanimidad, atendido que si bien el postulante cumple con los requisitos de tiempo mínimo y buena conducta, existen factores negativos que desaconsejan otorgarle la libertad condicional. Sostiene que el amparado, de acuerdo al examen psicosocial efectuado, reporta un alto riesgo de reincidencia y a pesar de llevar avanzado el plan de intervención, no posee un buen pronóstico, al tener tendencia a favor del delito, racionalizando y justificando la actividad criminal, con un estilo de vida disfuncional e inadecuada conciencia del delito y del daño

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 19 N° 7 y 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo interpuesto por la abogada Valentina Lorca Nuñez en favor de José Patricio Peña Vallejos. Regístrese y archívese. N°Amparo-1087-2020. Pronunciada por la Octava Sala de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Mario Rojas González e integrada por el Ministro señor Jaime Balmaceda Errázuriz y el Ministro (s) señor Rafael Andrade Díaz.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintisiete de mayo de dos mil veinte. A lo principal y segundo otrosí, téngase presente; al primer otrosí, a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Valentina Lorca Nuñez, de la Defensoría Penal Pública, y deduce recurso de amparo en favor de José Patricio Peña Vallejos, actualmente privado de libertad cumpliendo condena, en contra de la Comisió

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