BANCO DEL ESTADO DE CHILE CON LILA MARCELA RIVERA SANDOVAL
Rol
Fecha
26 de mayo de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de catorce de enero de dos mil veinte, dictada en los autos Rol C-13082-2017 por el Primer Juzgado Civil de Puente Alto. Acordada con el voto en contra del Ministro señor Contreras, quien fue del parecer de revocar la resolución apelada, teniendo para ello en consideración que del mérito de la declaración jurada de don Alvarino Rivera Dueñas se puede tener por establecida la forma y oportunidad en que la demandada tomó conocimiento del procedimiento de autos, y que la prueba documental incorporada por ésta resulta convincente en orden a establecer que la notificación practicada de conformidad al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil no se realizó en su domicilio, esto es, Pasaje Lapizlázuli 01382, comuna de Puente Alto, mismo señalado en la demanda del ejecutante, de modo que estuvo por acoger el incidente de nulidad planteado. Devuélvase vía interconexión. N° 285-2020 – Civil.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintiséis de mayo de dos mil veinte. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de catorce de enero de dos mil veinte, dictada en los autos Rol C-13082-2017 por el Primer Juzgado Civil de Puente Alto. Acordada con el voto en contra del Ministro señor Contreras, qu
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