SIN INFORMACION

CHAYTOR/CLUB DE GOLF ROCAS DE SANTO DOMINGO

Rol

Fecha

26 de mayo de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, apareciendo que los actos reprochados a la recurrida, esto es, expulsión del actor y suspensión indefinida, en tanto pague la totalidad de la deuda existente, del Club de Golf Rocas de Santo Domingo, le fueron comunicados a través de misivas de noviembre de 2009 y febrero de 2010, advirtiéndose, a todas luces, que el término de treinta días corridos que el auto acordado sobre la materia prevé para la interposición del arbitrio ha transcurrido con creces y visto lo dispuesto en el numeral 2 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto, por extemporáneo. Al primer y segundo otrosí: Estese al mérito de lo resuelto a lo principal. Al tercer otrosí: por acompañados. Al cuarto otrosí: téngase presente. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-16862-2020.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto, por extemporáneo. Al primer y segundo otrosí: Estese al mérito de lo resuelto a lo principal. Al tercer otrosí: por acompañados. Al cuarto otrosí: téngase presente. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-16862-2020.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiséis de mayo de dos mil veinte. Proveyendo a folio 1 “ingreso recurso” A lo principal: Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, apareciendo que los actos reprochados a la recurrida, esto es, expulsión del actor y suspensión indefinida, en tanto pague la totalidad de la deuda existente, del Club de Golf Rocas de Santo Domingo, le fueron comunicados a travé

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