TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE COPIAPO

POLICIA INVESTIGACIONES VALLENAR C/ FRANCISCO ALEJANDRO OLGUIN PEREZ

Rol

Fecha

25 de mayo de 2020

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, el registro de audio y lo expuesto por los intervinientes en la audiencia; y teniendo únicamente en consideración que en la especie las medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal resultan suficientes para resguardar los fines del procedimiento; y con lo dispuesto en los artículos 122, 144, 145, 149, 358 y 370 b) del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución dictada en audiencia de quince de mayo pasado, por la Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó, integrada por los jueces señores Mauricio Pizarro Díaz, Sebastián Del Pino Arellano y Felipe Izquierdo Parga, y SE DECLARA que se sustituye al imputado don Francisco Alejandro Olguín Pérez la medida cautelar de prisión preventiva que actualmente le afecta, por las de las letras a) y d) del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es, la privación total de libertad en su domicilio y la prohibición de salir del país. Acordada con el voto en contra del Ministro señor Pablo Krumm De Almozara, quien fue del parecer de confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese y comuníquese por la vía más expedita a objeto que se disponga la inmediata libertad del imputado, si no estuviere privado de ella por otros motivos. N° Penal-184-2020. En Copiapó, a veinticinco de mayo de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

SE DECLARA que se sustituye al imputado don Francisco Alejandro Olguín Pérez la medida cautelar de prisión preventiva que actualmente le afecta, por las de las letras a) y d) del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es, la privación total de libertad en su domicilio y la prohibición de salir del país. Acordada con el voto en contra del Ministro señor Pablo Krumm De Almozara, quien fue del parecer de confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese y comuníquese por la vía más expedita a objeto que se disponga la inmediata libertad del imputado, si no estuviere privado de ella por otros motivos. N° Penal-184-2020. En Copiapó, a veinticinco de mayo de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Copiapó. Fecha: Copiapó, veinticinco de mayo de dos mil veinte. Sala: Única. Rol Corte N°: 184-2020. RUC: 1900329759-7. RIT:. Juzgado: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó. Ministros: Señor Pablo Krumm De Almozara, señor Antonio Ulloa Márquez y Abogado Integrante señor Óscar Iriarte Ávalos. Ministerio Público: Rebeca Varas (confirmando). Defensor: Pablo Pérez (revocando).

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