CABRERA GAJARDO JORGE ANTONIO/COMISIÓN LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
25 de mayo de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: La Defensora Penal Público Penitenciaria Estrella San Martín Toloza interpone acción de amparo en favor de JORGE ANTONIO CABRERA GAJARDO, cédula nacional de identidad nro. 15.087.074-7 actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Ilustrísima Corte, que, por resolución de 13 abril pasado, resolvió rechazar la concesión del beneficio impetrado. Dice que habiendo cumplido con todos los requisitos que establece la Ley para ser acreedor del beneficio de que se trata, esto es, tiempo mínimo, actividades que ha realizado al interior del CDP Santiago Sur y conducta, la Comisión de Libertad Condicional decidió rechazar la petición sobre la base del contenido del Informe Psicosocial, decisión arbitraria e ilegal, por la falta de operatividad de artículo 2° número 3 del DL 321. En este punto, agrega que, además, el informe psicosocial no se realizó por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile, sino que se suscribe por un sólo profesional, quien no tampoco su profesión, por lo que es inidóneo. Por último, alega una inadecuada fundamentación, ya que los argumentos dados por la Comisión no se condicen con el espíritu de la libertad condicional, resaltando únicamente los aspectos negativos del postulante. Por lo anterior, solicita, como medida para restablecer el imperio del derecho dejar sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional al amparado, decretando que se le conceda dicha libertad. SEGUNDO: Que la Ministra Sra. Paola Plaza González en su calidad de Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional evacua el informe requerido. Señala que el recurrente fue postulado por el Tribunal de Conducta del Detención Preventiva Santiago Sur y, por unanimidad, se rechazó la concesión del beneficio de que se trata por cuanto, al revisar los antecedentes del interno e “Informe de Postulación Psicosocial”, ponderados con arregl
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 19 N° 7 y 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo en favor de JORGE ANTONIO CABRERA GAJARDO. Regístrese y archívese si no se apelare. N°Amparo-1031-2020. Pronunciada por la Octava Sala de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Mario Rojas González e integrada por el Ministro señor Jaime Balmaceda Errázuriz y el Ministro (s) señor Rafael Andrade Díaz.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de mayo de dos mil veinte. Al escrito folio 7: a todo, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: La Defensora Penal Público Penitenciaria Estrella San Martín Toloza interpone acción de amparo en favor de JORGE ANTONIO CABRERA GAJARDO, cédula nacional de identidad nro. 15.087.074-7 actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago
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