SIN INFORMACION

ÁLVAREZ / COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

23 de mayo de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto Que, a folio 1 comparece la defensoría penal penitenciaria, por el amparado José Andrés Álvarez Bravo, quien se encuentra actualmente cumpliendo pena privativa de libertad, recurre de amparo en contra de la Comisión de libertad condicional. Indica que su representado cumple condena de 7 años por el delito de robo con violencia. Inició cumplimiento a partir del 28 de agosto de 2015. Por lo anterior, el tiempo mínimo para acceder al beneficio de libertad condicional lo alcanzó el día 28 de abril de 2020, manteniendo además registro de conducta como “muy buena”. Pese a lo expuesto la Comisión rechaza su solicitud mediante resolución 156-2020 fundado en el contenido del informe de postulación psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile, del cual se desprende que el interno no cumple requisitos para su cumplimiento en libertad. Sostiene que la resolución de la Comisión no contiene antecedente alguno en el cual se sustenta, por lo que en definitiva no se basta en sí misma. En ese orden de ideas, recurre de amparo solicitando se declare la ilegalidad y arbitrariedad de la resolución recurrida, la que ha afectado su garantía constitucional contemplada en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la Republica, y se ordene la inmediata libertad del amparado conforme a Derecho. Que, evacúa informe el Presidente de la Comisión de Libertad condicional, Ministro (S) Erik Espinoza Cerda, quien confirma la resolución recurrida en cuanto al rechazo por unanimidad de sus miembros, fundado especialmente en el contenido del informe, el que no resulta favorable al efecto. Que, informa Gendarmería de Chile, confirmando los antecedentes fácticos ya expuestos y adjuntando los documentos pertinentes. Señaló, que el registro histórico de conducta no pudo ser remitido por cuanto el interno se encuentra beneficiado con el artículo N° de indulto presidencial por Covid-19, por lo que se encuentra en libertad. Que, atendido el mérito de autos, se trajeron estos en relación

Fundamentos

considerando: Primero: Que por la vía del presente recurso amparo se cuestiona la legalidad de la resolución Ord. N° 156-2020, emanada de la Comisión de Libertad Condicional, por medio de la cual la recurrida rechazó el beneficio de la libertad condicional a la amparada, según el razonamiento contenido en la resolución. Segundo: Que la cuestión sometida a conocimiento de esta Corte consiste entonces en determinar si la Comisión de Libertad Condicional puede desestimar el beneficio de la libertad condicional tomando en cuenta los antecedentes del informe de postulación psicosocial Tercero: Que en el caso de autos el amparado está sujeto a la reglamentación prevista en el Decreto Ley 321 de 1925 y sus modificaciones, efectuadas por la Ley 21.124 de 18 de enero de 2019, la que hizo exigible – entre otras condiciones – conforme lo dispuesto por el numeral 3) del artículo 2° del referido Decreto Ley, que el postulante a la libertad condicional deba “3) Contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer sus posibilidades para reinsertarse adecuadamente en la sociedad. Dicho informe contendrá, además, los antecedentes sociales y las características de personalidad de la persona condenada, dando cuenta de la conciencia de la gravedad del delito, del mal que éste causa y de su rechazo explícito a tales delitos” Cuarto: Que, aun cuando la recurrida tiene la facultad de ponderar los antecedentes que le sean presentados y, conforme a ellos, decidir fundadamente sobre la solicitud, el carácter facultativo de esa determinación no importa que la misma pueda adoptarse desatendiendo los antecedentes aportados por el mencionado informe, ya que este documento y los antecedentes laborales del interno resultan ser favorables, a quien inclusive se le otorgó el beneficio de salida dominical, sin presentar dificultades. Asimismo, su informe psicosocial indica mantener red de apoyo, desarrollar actividades laborales voluntaria de manera conforme, haber avanzado de manera significativa en la adquisición de herramientas para su reinserción y haber disminuido de manera notable los factores de riesgo criminógenos. Quinto: Que, en consecuencia, en este caso la Comisión recurrida ha negado la libertad condicional pese a cumplir con todos los requisitos previstos en el artículo 2° del mismo texto, de manera infundada y contraria a los antecedentes pertinentes, con lo cual se ha privado ilegalmente al amparado de su derecho a recuperar, condicionalmente, su libertad ambulatoria, por lo que la acción de amparo examinada deberá ser acogida en la forma pedida en el arbitrio.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se acoge el recurso de amparo interpuesto en favor de José Andrés Álvarez Bravo, dejándose sin efecto la resolución N°156-2020 dictada por la Comisión de Libertad Condicional, y se le reconoce el derecho al beneficio de libertad condicional impetrado. Se da orden de libertad al amparado José Andrés Álvarez Bravo si no estuviere privado de ella por otra causa. Se previene que la Ministra Sra. Letelier estuvo por acceder a la libertad del amparado, debiendo seguirse a su respecto el procedimiento establecido en la ley y en el reglamento para su materialización. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-427-2020.

Texto Completo (Preview)

edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintitrés de mayo de dos mil veinte. Visto Que, a folio 1 comparece la defensoría penal penitenciaria, por el amparado José Andrés Álvarez Bravo, quien se encuentra actualmente cumpliendo pena privativa de libertad, recurre de amparo en contra de la Comisión de libertad condicional. Indica que su representado cumple condena de 7 años por el delito de robo con v

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica