M.P. C/ ALEXIS ANTONIO PULIDO GARCIA
Rol
Fecha
22 de mayo de 2020
Materia
OTRAS MATERIAS
Resultado
CONFIRMADA/CONFIRMADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que concurrieron a esta audiencia y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 37 de la Ley 18.216, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA, en su parte apelada, la sentencia definitiva dictada en audiencia de diez de marzo del año en curso, inserta en la carpeta virtual O-6-2020 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó, que no accedió a sustituir la pena respecto del sentenciado Alexis Antonio Pulido García. Acordada con el voto en contra del Ministro don Carlos Carrillo González quien fue de parecer de revocar la sentencia definitiva en su parte apelada, por considerar que se cumplen respecto del sentenciado los requisitos objetivos contemplados en el artículo 8 de la Ley 18.216 y que existen antecedentes suficientes para estimar que los requisitos subjetivos permitirían satisfacer los fines teleológicos del texto legal precitado. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y devuélvase. Rol N° 399-2020/Penal.
Texto Completo (Preview)
Talca, veintidós de mayo de dos mil veinte. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que concurrieron a esta audiencia y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 37 de la Ley 18.216, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA, en su parte apelada, la sentencia definitiva dictada en audiencia de diez de marzo del año en curso, inserta en la carpeta virtu
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