JUZGADO DE GARANTIA DE VILLARRICA

FRANCISCO GONZALO ESCALA GAZMURI C/ NOA HORABIA CONSTANZA ESPINOSA JOFRE

Rol

Fecha

22 de mayo de 2020

Materia

HURTO AGRAVADO (ART. 447 CODIGO PENAL)

Resultado

DIRIMIDA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de os antecedentes, lo dispuesto por el artículo 157 del Código Orgánico de Tribunales y especialmente atendido el principio de ejecución del delito investigado en autos, SE DIRIME la contienda de competencia, declarando que es competente para conocer de la presente causa el Juzgado de Garantía de la ciudad de Puerto Montt. Devuélvase vía interconexión. N°Penal-247-2020. (sac)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veintidós de mayo de dos mil veinte. A la presentación de la Abogada Carolina Álvarez Gelvez, folio 10: Téngase presente. VISTOS: Atendido el mérito de os antecedentes, lo dispuesto por el artículo 157 del Código Orgánico de Tribunales y especialmente atendido el principio de ejecución del delito investigado en autos, SE DIRIME la contienda de competencia, declarando que e

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