PALMA/SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA
Rol
Fecha
20 de mayo de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Nelson Nabucodonosor Palma Gonzalez, ex Pescador industrial, domiciliado en Las Orquídeas 1510, Sindempart, Coquimbo, quien interpone recurso de protección en contra de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, institución representada legalmente por don Román Andrés Zelaya Ríos, con domicilio en Bellavista 168, piso 16, Valparaíso, por haber dictado la Resolución Exenta N° 4017 de fecha 30 de diciembre de 2019, que dispuso la invalidación del beneficio otorgado por Resolución Exenta 4.423 del año 2018, en el sentido de eliminarlo de la nómina de beneficiarios, acto arbitrario que vulnera los derechos fundamentales de derecho a la vida, igualdad ante la ley, protección a la vida privada y a la honra de las personas y el derecho de propiedad. Indica, en síntesis, que es pescador afectado por la pesca industrial al tenor de la ley 19.713, cumpliendo con los requisitos necesarios para postular al beneficio: "programa apoyo social para trabajadores desplazados del sector pesquero industrial, bajo la vigencia de la ley N° 19.713, año 2018”, por lo que fue beneficiado mediante la resolución exenta Nº 4423 /19-12-2018, emitida por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura del Ministerio de Economía Fomento y Turismo, con el monto de $5.128.000.- Señala que después de conocida la concesión del beneficio, y dentro de plazo reglamentario, acudió a la oficina de Banco Estado de Coquimbo a proceder al cobro de los dineros, lo que le fue negado sin motivo alguno. Después efectuó varios intentos en el Fondo de Administración Pesquero, quien era el que cursaba los pagos y a quien se les debía consultar y cobrar, pero cada vez le daban diferentes motivos para no entregarle el dinero. Desesperado por la situación y las constantes reuniones inútiles y desgastantes para su persona, es que solicitó por escrito y de manera formal una reunión, por lo que el 18 de enero de 2018 se le informa por la Subsecretaría que no se le podía pagar por tener antecedentes penales, a pesar de gozar del beneficio del Decreto Ley N°409 de 1932, lo que hizo presente. Refiere que recurrió a la Contraloría General de la República mediante presentación de 28 de marzo de 2019, y que después de una larga tramitación derivó en la respuesta N º 8663 de 24 de julio de 2019 donde se le informa que luego de su presentación ante Contraloría, se inició un proceso de invalidación parcial de la Resolución Exenta 4423 de 2018, específicamente para invalidar el beneficio que legítimamente se le había otorgado. Sostiene que la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura basa la invalidación por cuanto él no cumpliría con el artículo 8 literal a) de las Bases, al presentar un finiquito de la empresa Kotesky la que no pertenece al sector pesquero industrial, lo cual fue verificado en la base de datos de pago de patentes pesqueras industriales que cuenta la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, y por tenerse a la vista sentencia en procedimiento abreviado de fecha 03 de m
Fallo
por tanto y en su mérito inviable per se.” ( sic) Indica que su parte para ser beneficiario de lo expresado en la resolución exenta N° 4423 de 2018, claramente no acompañó los mismos antecedentes que los presentados en el año 2003. Añade que lo resuelto por el ente recurrido, importa una evidente infracción a la Ley N°19.880 y varios de los principios contenidos en dicha ley. Alega que con lo anterior se infringe el debido proceso al no argumentar claramente por qué un finiquito no invocado en esta postulación es relevante para este proceso de invalidación, y por qué se le vuelve a condenar por algo que no ha cometido, vulnerando así su derecho a la honra y la vida privada. Asimismo, estima vulnerados los principios de contradictoriedad, transparencia y publicidad. Argumenta que se le acusa de incumplir las letras a y b del artículo 8 de las Bases, sin embargo tales exigencias deben ser interpretadas y tenidas como cumplidas de acuerdo con lo que consigna el propio artículo, en cuanto señala que se acreditará el cumplimiento de aquellos de acuerdo con lo siguiente: Si los servicios prestados por el postulante fueron desarrollados por una empresa subcontratista de una empresa del sector pesquero industrial, el postulante deberá presentar además del finiquito o el documento que lo reemplace, un certificado o carta en original o copia legalizada o autorizada ante notario público, según corresponda, emitida por la empresa mandante (empresa pesquera) que acredite el vínculo que p
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PAGE 19 Palma González, Nelson Subsecretaría de Pesca y Acuicultura Recurso de Protección Rol N° 185-2020.- La Serena, veinte mayo de dos mil veinte. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Nelson Nabucodonosor Palma Gonzalez, ex Pescador industrial, domiciliado en Las Orquídeas 1510, Sindempart, Coquimbo, quien interpone recurso de protección en contra de la Subsecretaría de Pesca y Ac
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