SIN INFORMACION

YERKO MATUS HERRERA/COMPIN CALAMA Y SEREMI SALUD AFTA

Rol

Fecha

20 de mayo de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA SIN COSTAS

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Hechos

VISTOS: Yerko Andrés Matus Herrera, cédula de identidad N° 15.014.906-1, prevencionista de riesgos, domiciliado en Calle Brasil N° 3824, Calama, deduce acción de protección de garantías constitucionales, en contra de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez, COMPIN, de Calama, y en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Antofagasta. Evacuan informe las recurridas, instando por el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la acción constitucional interpuesta, se funda en síntesis, que el recurrente el 5 de julio de 2019 sufrió un accidente de tránsito, fracturándose en 5 partes su pie derecho, atendiéndose en el Hospital Carlos cisternas de Calama, donde recién le entregaron su licencia médica el 24 de julio de 2019. Señala que llevó la licencia médica a la COMPIN de Calama para la tramitación y pago de ésta. Refiere ser víctima de abuso de autoridad por parte de los funcionarios de la recurrida, puesto que lo han amenazado con Carabineros, recibiendo un trato descotes y con insultos de parte de ellos, indicándole que no van a pagar la licencia porque así ellos lo deciden al no contar con los requisitos para ello, lo que contraviene, habiendo manipulado sus cotizaciones previsionales, borrando una cotización, lo que ha implicado que por ello no le han pagado su licencia médica y solo enviaron un contrato de trabajo, para bajar el monto de pago de la licencia médica. Refiere que el actuar arbitrario e ilegal de las recurridas se ha infringido el derecho a la vida, vulnerado con ello el artículo 19 N° 1 de la Constitución Política de la República. Solicita en definitiva que se acoja el recurso de protección, ordenando el pago de su licencia médica, tomar acciones correctivas en contra de los funcionarios involucrados en la vulneración de sus derechos y adulteración de sus documentos laborales, que se le concedan disculpas públicas, y demás medidas que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas del recurso. SEGUNDO: Que informando Edson Monardes Araya, Presidente de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez Región de Antofagasta, COMPIN. Señala que al recurrente una vez emitida su licencia médica el 24 de julio de 2019, se dirige a la oficina de Calama para presentarla directamente, sin haberla tramitado previamente con su empleador y no acompaña ningún antecedente que por ley permita registrar y recepcionar su documentación. Ante ello, una funcionaria le explica los pasos a seguir para poder tramitar su licencia médica motivo por el cual el recurrente no acepta, indicando que de igual forma deben recibir sus documentos. Refiere que el 13 de agosto del año 2019, el recurrente presenta reclamo en OIRS, en el cual se le responde cuales son los pasos a seguir para proceder con la tramitación de su licencia médica. Ante ello el actor se molesta y se niega a presentar la documentación, generando, a su juicio, un escándalo en la unidad, debiendo solicitar el auxilio de la fuerza pública, concurriendo Carabineros de Chile, para solicitarle el retiro de las instalaciones. Agrega que situación descrita se produjo en numerosas oportunidades y cada vez de forma más agresiva, generando publicaciones en redes sociales en contra de la recurrida. Explica que el 20 de noviembre pasado el recurrente vuelve a ir a las oficinas de la COMPIN, y señala que por cansancio la funcionaria de atención de público le recibe la licencia

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República y Autos Acordados de la Corte Suprema, de fechas 24 de junio de 1992 y 4 de mayo 1998 sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Yerko Matus Herrera, y en contra de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de Calama, COMPIN, y en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, región de Antofagasta. Regístrese y comuníquese. ROL 1151-2020 (PROT)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, veinte de mayo de dos mil veinte. VISTOS: Yerko Andrés Matus Herrera, cédula de identidad N° 15.014.906-1, prevencionista de riesgos, domiciliado en Calle Brasil N° 3824, Calama, deduce acción de protección de garantías constitucionales, en contra de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez, COMPIN, de Calama, y en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Antofa

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