SIN INFORMACION

FUENTEALBA/SOTO

Rol

Fecha

18 de mayo de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Juan Andrés Fuentealba Herrena, ingeniero en control de gestión, con domicilio en Tobalaba Nº 239, comuna de Providencia, quien interpone recurso de protección en contra de Daniela María Soto Vera, por haber incurrido esta en un acto ilegal y arbitrario consistente en difundir en redes sociales imputaciones difamatorias y deshonrosas, lo que vulnera sus garantías fundamentales de los números 4 y 24 de la Constitución Política de la República; solicita que se restablezca el imperio del derecho y se asegura la debida protección de los mismos, ordenando que la recurrida elimine el contenido publicado en su sitio web Instagram y en cualquier otra plataforma de internet o red social, que se abstenga de seguir realizando dichas publicaciones y se prohíba utilizar sus imágenes en cualquier forma y por cualquier medio. Fundando su recurso, indica que tiene 43 años y es ingeniero en control en gestión, técnico en comercio exterior, que se encuentra casado y tiene un hijo, señala que frente a toda su familia y ámbito laboral goza de una reputación e imagen intachable, e indica su trayectoria laboral. Añade que, durante el ejercicio de su cargo de Gerente General de la Funeraria Hogar de Cristo, el 5 de abril del año 2018, doña María Consuelo Edwards Pérez, quien ostentaba el cargo de subgerente de administración, interpuso demanda de vulneración de derechos fundamentales que se tramito bajo el RIT T-432-2018, quien indicó que durante la relación laboral aquel habría tenido una conducta inapropiada al momento de finalizar una reunión y que intentó besarla. Señala, que estando pendiente la resolución de ese litigio, el 14 de junio de 2018, le informaron desde la recepción de una de las oficinas de la funeraria que en la entrada de dicha sucursal había un grupo de 5 mujeres, manifestándose con pancartas y un lienzo que indicaba que al interior de la funeraria trabajaba un acosador y que lo estaban funando, asimismo afirmaban

Fallo

Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de Justicia sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se acoge la acción constitucional deducida en lo principal por don Juan Andrés Fuentealba Herrera, solo en cuanto se declara que la recurrida doña Daniela María Soto Vera deberá eliminar las publicaciones de Instagram referidas en el recurso. Regístrese, comuníquese y archívense estos autos si no se apelare. N°Protección-188587-2019. Pronunciada por la Octava Sala de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Mario Rojas González e integrada por el Ministro señor Jaime Balmaceda Errázuriz y el Ministro (s) señor Rafael Andrade Díaz.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de mayo de dos mil veinte. A los escritos folios 21 y 22: a todo, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Juan Andrés Fuentealba Herrena, ingeniero en control de gestión, con domicilio en Tobalaba Nº 239, comuna de Providencia, quien interpone recurso de protección en contra de Daniela María Soto Vera, por haber incurrido esta en

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