SIN INFORMACION

RODRÍGUEZ Y OTROS CON MINISTERIO DE SALUD, SEREMI DE SALUD REGIÓN ARAUCANÍA Y OTROS

Rol

Fecha

15 de mayo de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Comparece doña Alejandra Beatriz Muñoz Pardo, abogada, con domicilio en Antonio Varas 687, oficina 1310 , Temuco e interpone recurso de protección en favor de Santiago Rodríguez Altamirano, periodista, presidente del Colegio de Periodistas A.G. de la Región de la Araucanía, cedula de identidad N° 12.772.729-5, y Paula Lorena Chávez Furrianca, periodista, vicepresidenta del Colegio de Periodistas A.G. de la Región de la Araucanía, cedula de identidad N°11.690.513-2, de don Juan Luciano Antipan Pilquinao, cédula de identidad N° 9198095-9, periodista, Ufromedios; don Gabriel Burgos Molina, cédula de identidad N° 18.823.228-0, periodista, Ufromedios; don Héctor Burgos Ormeño, cédula de identidad N° 13.628.301-4, periodista, Canal13; don Sergio Concha Lagos, cédula de identidad N° 9.533.595-0, camarógrafo, Canal13; don Oscar Briones Gajardo, cédula de identidad N° 9.956.556-k, camarógrafo, Chilevisión; doña Silvia Paillan Campos, cédula de identidad N°12.697.644-3, periodista, Radio Esperanza; doña Mónica Elizabeth Jara Silva, cédula de identidad N°12.535.868-3, periodista, Radio El Conquistador; doña Natalia Soledad Farías Toro, cédula de identidad N°14.066.417-0, periodista, Universidad Autónoma Televisión; don Jonathan Alexander Arsil Riveros, cédula de identidad N° 16.113.033-8, camarógrafo, Universidad Autónoma Televisión; don Hugo Andrés Llanos Muller, cédula de identidad N°14.450.625-1, camarógrafo, Universidad Autónoma Televisión; don Javier Enrique López Hauiquin, cédula de identidad N°16633068-8 periodista, Universidad Autónoma Televisión; don Eduardo Antonio Arancibia Vogel, cédula de identidad N°13.068.694-K, periodista, Universidad Autónoma Televisión; don Fernando Andrés Reyes Parra, cédula de identidad N° 12.548.517-0, periodista, Red Araucanía – TVN; doña Josefa Iturriaga Guzmán, cédula de identidad N° 17.263.432-K, periodista, Red Araucanía – TVN; don César Antonio Campos Padilla, cédula de identidad N° 13.362.734-0, periodista, Red Araucanía – T

Fundamentos

considerando las condiciones requisitos y duración que se señalan en la presente resolución. Para este efecto, se exime del control horario de jornada de trabajo a los funcionarios y funcionarias sujetos a la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo En el Diario Oficial, de 18.03.2020, Resolución Exenta Nº 183, de 17.03.2020, del Ministerio de Salud, norma que decreta medidas sanitarias que indica por brote de COVID-19. En esta resolución

Fallo

por tanto al no ser la Seremi de Salud un contacto de alto riesgo o estrecho respecto del funcionario ya individualizado, no le correspondía o no le era obligación guardar la cuarentena que señala la contraparte. Al 18 de marzo existía una instrucción comunicacional proveniente de la Jefa del Departamento de Comunicaciones y RR. PP. del Ministerio de Salud, enviado a todos los SEREMIS de SALUD de Chile, en el cual se plantean sugerencias en materia de puntos de prensa tales como la ubicación de las autoridades en materia de distancia; que la sala de conferencias no puede estar completa en su totalidad, etc., lo que se cumplió a cabalidad el día 20 de marzo. A continuación, exponen algunas de las normativas que se encontrarían vigentes desde antes de la salida del país del Sr. Cabezas y hasta el momento en el que se toma conocimiento del resultado del examen de dicho funcionario, esto es, el 20 de marzo de 2020. 1) Resolución Exenta Nº 108 de fecha 27 de febrero de 2020, que establece la declaración jurada de estadio de salud como medida de control sanitario obligatorio para viajeros que ingresan a Chile y aprueba formulario para realizar la declaración. Es de suyo importante tener presente que su representada nunca tuvo conocimiento del viaje a Brasil de don Pablo Cabezas, ni éste a su vez informó de tal situación. Es más, se ignora si se dio cumplimiento, por parte del Sr. Cabezas, a lo establecido en ella ya que no hay constancia de que haya existido de parte del funcio

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, quince de mayo de dos mil veinte. VISTOS: Comparece doña Alejandra Beatriz Muñoz Pardo, abogada, con domicilio en Antonio Varas 687, oficina 1310 , Temuco e interpone recurso de protección en favor de Santiago Rodríguez Altamirano, periodista, presidente del Colegio de Periodistas A.G. de la Región de la Araucanía, cedula de identidad N° 12.772.729-5, y Paula Lorena Chávez F

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica