MP. C/ MIGUEL ANGEL ARCOS MAYE Y ADOLFO CRISTÓBAL MEZA ESCOBAR.
Rol
Fecha
15 de mayo de 2020
Materia
CONTRA SALUD PUBLICA. ARTS. 313 D AL 318.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, aparece que se encuentran acreditados, en esta etapa procesal, los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto del delito materia de la formalización, y se estima que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada,
Fundamentos
considerando especialmente su carácter y forma de comisión, teniendo en particular presente que los imputados se encontraban recientemente beneficiados con indulto presidencial, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador procesal penal a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de ocho de mayo de del año en curso, por el 15° Juzgado de Garantía de Santiago que decretó la prisión preventiva de los imputados Miguel Ángel Arcos Maye y Adolfo Cristóbal Meza Escobar. Devuélvase vía interconexión. 1340-2020.
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San Miguel, quince de mayo de dos mil veinte. Sala: Cuarta Sala Zoom Rol: 1340-2020- Penal RUC: 2000462482-4 RIT: 1694-2020 Tribunal: 15° Juzgado de Garantía de Santiago Integrantes: Ministros señor Diego Simpértigue Limare, señora Carolina Vásquez Acevedo y señora Carmen Gloria Escanilla Pérez Relator: María Isabel Saavedra Reyes Digitadora: Carolina Orellana Medina Ministerio Público: Magdalena
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