MOYANO/COMPAÑÍA DE PETRÓLEOS DE CHILE COPEC S.A.
Rol
Fecha
10 de junio de 2020
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primer instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley, naturaleza jurídica que, en la especie, no se cumple, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandante con fecha tres de abril pasado, en contra de la resolución dictada con fecha uno de abril de dos mil veinte, que no accede a decretar la inspección personal del tribunal. Comuníquese. N°Civil-5037-2020.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandante con fecha tres de abril pasado, en contra de la resolución dictada con fecha uno de abril de dos mil veinte, que no accede a decretar la inspección personal del tribunal. Comuníquese. N°Civil-5037-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diez de junio de dos mil veinte (paus). A los folios 3 y 4: estése a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primer instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites q
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