18º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BRITO/HOSPITAL CLÍNICO DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE DR. JOSÉ JOAQUÍN AGUIRRE

Rol

Fecha

27 de mayo de 2020

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

INADMISIBLE/ SE DEJA SIN EFECT

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha trece de marzo del año en curso, en contra de la resolución de fecha diez del mismo mes concedido con fecha trece de abril del año en curso. A los folios N°4 y N°5, estese a lo resuelto. Devuélvase. N°Civil-5.830-2.020.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha trece de marzo del año en curso, en contra de la resolución de fecha diez del mismo mes concedido con fecha trece de abril del año en curso. A los folios N°4 y N°5, estese a lo resuelto. Devuélvase. N°Civil-5.830-2.020.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de mayo de dos mil veinte (paus). Se deja sin efecto la constancia folio 2 por un error computacional. Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima p

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