SANTILLAN/28º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO
Rol
Fecha
14 de mayo de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Comparece Claudio Burgos Burgos, abogado, en representación de la parte demandante en autos sobre arrendamiento, y deduce verdadero recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 24 de octubre del 2019, dictado por el juez titular del 28º Juzgado Civil de Santiago, en causa caratulada "Santillán/Grandón" rol C-3197-2019, por la cual no da lugar al recurso de reposición y apelación subsidiaria, no obstante estima ser procedente. Fundó su recurso, en que se acogió la excepción de ineptitud del libelo impetrada por la demandada, sin embargo habiendo su parte subsanado los vicios de la demandada, el tribunal no tuvo por cumplido lo ordenado, por resolución que es del siguiente tenor: “once de octubre de dos mil diecinueve. Al escrito de 03 de octubre de 2019 (folio 33): atendido que en estos autos ya se dictó sentencia definitiva, no ha lugar a lo solicitado”. Contra esta resolución de 11 de octubre de 2019, su parte dedujo reposición con apelación subsidiaria -el 15 de octubre-, declarándose inadmisible este último recurso por resolución de 24 de octubre último, atendida supuestamente la naturaleza de la resolución impugnada. Estima que justamente se alteró la sustanciación del proceso, no permitiendo su continuidad, al no dar tener oportunidad de subsanar los vicios de la demanda, habiéndose acogido la excepción de ineptitud del libelo, generando un perjuicio notorio y una alteración grave, encausando la naturaleza de la resolución impugnada, en aquellas contempladas en el número 9 de la Ley Nº 18.101 en relación al 188 del Código de Procedimiento Civil. En efecto, sostiene que no se ha dictado sentencia definitiva, desde que no se resolvió el asunto controvertido. Pide previo informe del tribunal a quo, sobre el asunto en que incide el presente recurso, luego de disponer que se remitan los autos, finalmente se acoja el presente recurso de hecho, y se conozca del recurso de apelación deducido por la parte demandante, contra la
Fallo
Por estas consideraciones y de acuerdo, además, con lo prescrito en el artículo 204 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho deducido por el abogado Claudio Burgos Burgos, en representación de la parte demandante. En consecuencia la apelación deducida con fecha quince de octubre del dos mil diecinueve queda concedida. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Civil-14273-2019.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, catorce de mayo de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: 1°) Comparece Claudio Burgos Burgos, abogado, en representación de la parte demandante en autos sobre arrendamiento, y deduce verdadero recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 24 de octubre del 2019, dictado por el juez titular del 28º Juzgado Civil de Santiago, en causa caratulada "Santillán/Gr
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