SALINAS CON YAVAR
Rol
Fecha
18 de mayo de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia laboral, especificamente para el caso en autos según dispone el artículo 470 del Código del Trabajo, procede contra las resoluciones que resuelvan las excepciones; de pago de la deuda, remisión, novación y transacción, naturaleza juridica que, en la especie, no se cumple. Que además, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 181 inciso segundo del Código de Procedimiento Civil, la resolución que niegue lugar a la solicitud de reposición no será procedente el recurso de apelación. Que por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 470 y 472 del Código del Trabajo y 181 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el treinta de abril de dos mil veinte, en contra de la resolución de veintisiete de abril del año en curso. Regístrese y devuélvase. N°Laboral - Cobranza-1323-2020.
Fallo
por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 470 y 472 del Código del Trabajo y 181 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el treinta de abril de dos mil veinte, en contra de la resolución de veintisiete de abril del año en curso. Regístrese y devuélvase. N°Laboral - Cobranza-1323-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago muz Santiago, dieciocho de mayo de dos mil veinte. A los folios 2 y 3: A todo; estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia laboral, especificamente para el caso en autos según dispone el artículo 470 del Código del Trabajo, procede contra las resoluciones que resuelvan las excepciones; de pago de la deuda, remisión, novación y
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica