M.P C/ FELIPE MARCELO BUSTAMANTE SALAZAR
Rol
Fecha
13 de mayo de 2020
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, aparece que se encuentran suficientemente justificados los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal; asimismo, que la necesidad de cautela se satisface con medidas cautelares de menor intensidad, previstas en el artículo 155 del referido código. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de once de mayo del año en curso, por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, con declaración que se decreta en contra del imputado Felipe Marcelo Bustamante Salazar las medidas cautelares de las letras a) y d) del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario total y arraigo nacional. Se precisa que se deja sin efecto la medida de firma semanal ante Carabineros. El tribunal a quo deberá disponer lo pertinente para hacer cumplir lo decidido. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°1273-2020-Penal
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San Miguel, trece de mayo de dos mil veinte. Sala: Quinta sala Zoom Rol ingreso corte: 1273-2020 Penal Rol: 5155-2019 Ruc: 2000468218-2 Registro audio: 20004682182-91 Tribunal: Juzgado de Garantía de San Bernardo Ministros Integrantes: Señora M. Carolina Catepillan Lobos, Señora Liliana Mera Muñoz y Señora Catalina González Torres. Ministro de fe: Javiera Gainza Flores. Digitador: Karolyn Arand
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