SIN INFORMACION

DANIEL ANTONIO MEDALLA ALISTE/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

11 de mayo de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Rodolfo Robles Pino, por el condenado Daniel Antonio Medalla Aliste, actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva de Puente Alto, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la Resolución de ocho de abril del presente año, suscrita y firmada por la Comisión de Libertad Condicional, que rechazó la postulación de su representado. Expone que el interno se encuentra cumpliendo las penas de 300 días por el delito de violación de domicilio, 61 días por el delito de robo con fuerza en lugar no habitado y tres años y un día por el delito de receptación. Detalla que el cumplimiento de su condena se inició el 28 de agosto de 2016, que la fecha de término se cumplirá el 20 de agosto de 2020 y que el tiempo mínimo para la postulación a la libertad condicional se verificó el 21 de agosto de 2018. Explica que la resolución objeto del recurso se basó en el informe psicosocial desfavorable y arguye que es un acto arbitrario e ilegal que afecta la libertad personal del condenado, pues no se ha respetado la normativa vigente sobre Libertad Condicional. Cita la referida resolución en que se refiere: "Daniel Medalla rechaza no cumple requisito artículo 2 letra c DL 321 toda vez que tiene un informe social desfavorable pues presenta un compromiso alto delictual y riesgo reincidencia alto, problemas, no tiene una red familiar de apoyo, incipiente conciencia del delito y del mal causado”. Refiere, en primer término que el condenado no está incorporado al programa de privados de libertad durante su reclusión, por no contar con los requisitos por el saldo de condena, y expresa que, entonces, su defendido se vio vulnerado en su derecho a la reinserción, ya que toda persona privada de libertad debiese tener al iniciar una condena un plan de intervención; por tal motivo sostiene que Gendarmería no generó acciones que tiendan a eliminar su peligrosidad y lograr su integración a su grupo social. Esgrime qu

Fallo

por tanto su conciencia de delito y mal causado en parte se encuentra disminuida, reflexionando de manera simplista respecto a los costos de su reclusión. Pese a que a nivel discursivo, rechaza abiertamente la posibilidad de volver a delinquir, se advierten falencias en sus recursos personales que constituyen riesgo de reincidencia, reconocidas por el interno” Quinto: Que, tal informe, si bien no tiene carácter de vinculante para la Comisión, forma parte de aquellos antecedentes que la misma está llamada a ponderar para resolver si el postulante cumple con los requisitos, en especial, aquellos de carácter subjetivo que permitan concluir que la libertad condicional servirá para los fines de resocialización y prevención que la ley persigue. Sexto: Que en razón de lo anteriormente expuesto, se concluye por esta Corte que la decisión de la Comisión de Libertad Condicional aparece debidamente fundamentada y teniendo, además, en cuenta que no se ha denunciado que se haya incurrido en alguna de las situaciones previstas en el artículo 21 de la Constitución Política de la República que pudieren justificar el amparo solicitado. En tal sentido, corresponde desestimar la presente acción constitucional. Y de conformidad, además, con lo expuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto a favor de Daniel Antonio Medalla Aliste en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, c

Texto Completo (Preview)

Certifico que alegó por el recurso el abogado señor Rodolfo Robles Pino. San Miguel, 11 de mayo de 2020. Javiera Gainza Flores Relatora. San Miguel, once de mayo de dos mil veinte. Proveyendo escrito folio 31016: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Rodolfo Robles Pino, por el condenado Daniel Antonio Medalla Aliste, actualmente interno en el Centro de

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