M.P. C/ FERNANDO ALFREDO MUNOZ CHAMORRO
Rol
Fecha
11 de mayo de 2020
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
DIRIMIDA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, discrepando de la opinión del señor Fiscal Judicial y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 112 y 190 del Código Orgánico de Tribunales, se declara que es competente para proseguir conociendo de la presente causa el Juzgado de Garantía de Cauquenes, a quien se le remitirá. Comuníquese lo antes resuelto al Juzgado de Garantía de San Javier, remitiéndosele copia de la presente resolución. Ofíciese. Regístrese y devuélvase. N°Penal-180-2020.
Fallo
se declara que es competente para proseguir conociendo de la presente causa el Juzgado de Garantía de Cauquenes, a quien se le remitirá. Comuníquese lo antes resuelto al Juzgado de Garantía de San Javier, remitiéndosele copia de la presente resolución. Ofíciese. Regístrese y devuélvase. N°Penal-180-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, once de mayo de dos mil veinte. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, discrepando de la opinión del señor Fiscal Judicial y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 112 y 190 del Código Orgánico de Tribunales, se declara que es competente para proseguir conociendo de la presente causa el Juzgado de Garantía de Cauquenes, a quien se le remitirá. Comuníquese lo antes
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