SIN INFORMACION

BAEZA MONTECINOS DOUGLAS MAURICIO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

11 de mayo de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Comparece Tamara Vega Gutiérrez, Defensora Pública Penitenciaria, en favor de don Douglas Mauricio Baeza Montecinos, quien interpone recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, por haber incurrido esta en un acto ilegal al rechazar su postulación al beneficio de la libertad condicional, solicita que se adopten de inmediato las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho, concediéndole el beneficio referido. Indica que el amparado se encuentra privado de libertad en el Centro de Detención Preventivo Santiago Sur, cumpliendo condena de 6 años de presidio mayor en su grado mínimo como autor del delito de robo con intimidación, en virtud de sentencia dictada por el 7° Juzgado de Garantía de Santiago en causa Rit 7867-2016; que dio inició cumplimiento de su condena el día 08 de mayo de 2016 y que registra como fecha de término de condena el día 08 de mayo del año 2022. En razón de ello, afirma que el tiempo mínimo para postular a la libertad condicional se cumplía el día 08 de mayo de 2020. Sostiene, que el condenado fue postulado por el Tribunal de Conducta del CDP Santiago Sur a la Comisión de Libertad Condicional, quien rechazó su postulación, refiriendo que si bien cumplía el tiempo mínimo para acceder al beneficio y mantuvo una conducta intachable durante los últimos cuatro bimestres de su condena, la documentación acompañada daba cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia, que desaconsejarían otorgarle el beneficio solicitado. Afirma, que dicha resolución vulnera el derecho a la libertad personal del amparado, en el entendido que el rechazo se funda en apreciaciones subjetivas del área técnica del Centro de Detención Preventivo Santiago Sur, que no tienen asidero en relación a los antecedentes que acompaña al efecto. Al respecto indica, que el amparado niveló sus estudios en el establecimiento educacional existente en la Unidad Penal Santiago Sur,

Fundamentos

considerando que cumple su condena en mayo de 2022. Manifiesta, que con todos dichos antecedentes, se puede afirmar categóricamente que el amparado se encuentra corregido y rehabilitado para la vida social. Compareció la Ministra señora Paola Plaza González, Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, en el proceso realizado entre el 1 y 15 de abril del año en curso, quien informando al tenor del recurso indica que la postulación del amparado fue rechazada por unanimidad por resolución de fecha tres de abril del año en curso. Informa, que dicha resolución señaló que al revisar los antecedentes del interno contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile, integrada por el “Formulario Consolidado de Postulación”, copia de la sentencia expedida en su contra, extracto de filiación y antecedentes e “Informe de Postulación Psicosocial” con su correspondiente documentación de respaldo, ponderados con arreglo a sus atribuciones que el Decreto Ley N° 321 les otorga; si bien se comprobó que el postulante cumplía con el tiempo mínimo para acceder al beneficio y que mantenía conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres de su condena, se advirtió que la misma documentación daba cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejaron otorgarle el beneficio solicitado. Refiere, que en su evaluación se identificaron elementos de riesgo tales como deficiente resolución de conflictos y habilidades de autocontrol, actitud desfavorable hacia las normas y convenciones sociales, como también hacia la supervisión, que se encuentra en fase de pre contemplación, no reconociendo la necesidad de realizar un cambio en sus conductas presentadas; y no tiene conciencia del delito ni tampoco reconoce el daño causado a otros. Todos los cuales, demuestran que, por ahora, el amparado tenía escasas posibilidades para reinsertarse adecuadamente en la sociedad, a lo que se suman sus características de personalidad y falta de conciencia sobre la gravedad del delito, lo que impide tener por probado que el postulante haya demostrado avances en su proceso de reinserción social, como exige el D.L. N° 321. Por otra parte, la recurrente acompañó a esta instancia copia de la resolución Nº 1782 de 18 de abril del presente año, dictada por el Director de Gendarmería, en que se indica que amparado fue beneficiado con indulto conmutativo, por lo que a la fecha se encuentra en libertad con reclusión domiciliaria nocturna por lo que le reste del tiempo de condena. Se trajeron los autos en relación. Considerando: Primero: Informando la recurrida acompañó los antecedentes con los que el amparado fue postulado al beneficio, consistentes en formulario consolidado de postulación al proceso de libertad condicional, informe social y psicológico unificado de postulación a libertad condicional. De dichos antecedentes consta que el amparado se encuentra clasificado como un interno de mediano compromiso delictual, con un puntaje de 118,8 puntos

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza la acción constitucional de amparo interpuesta a favor de Douglas Mauricio Baeza Montecinos. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-742-2020. Pronunciada por la Séptima Sala (Virtual) de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Adelita Ravanales Arriagada e integrada por el Ministro (I) señor Alberto Amiot Rodríguez y por el Fiscal Judicial señor Jorge Norambuena Carrillo.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, once de mayo de dos mil veinte. Al escrito folio 11; a lo principal y segundo otrosí, téngase presente; al primer otrosí, a sus antecedentes. Visto: Comparece Tamara Vega Gutiérrez, Defensora Pública Penitenciaria, en favor de don Douglas Mauricio Baeza Montecinos, quien interpone recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Cort

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica