MINISTERIO PUBLICO C/ FERNANDO ABEL AGUAYO ERICES
Rol
Fecha
9 de mayo de 2020
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO Y OIDO: Atendido lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia y teniendo especialmente en consideración que pese al tiempo que ha transcurrido desde el inicio de la investigación, no aparecen reunidos mayores y nuevos antecedentes por parte de la Fiscalía que aquellos tenidos en consideración en la época de la formalización y estimando esta Corte que la prisión preventiva se ha constituido en excesivamente gravosa, atendido el tiempo que los imputados ha permanecido privado de libertad, es preciso concluir en que los fines del procedimiento pueden ser satisfechos con alguna otra medida cautelar de menor intensidad. Y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de ocho de mayo pasado, dictada por el Juzgado de Garantía de Los Ángeles que sustituyó la prisión preventiva respecto de los imputados FERNANDO ABEL AGUAYO ERICES y CRISTIAN ANDRES CIFUENTES AREVALO por el arresto total en su casa, conforme a lo dispone la letra a) del artículo 155 del Código Procesal Penal. Comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-488-2020.
Texto Completo (Preview)
cqf C.A. de Concepción Concepción, nueve de mayo de dos mil veinte. VISTO Y OIDO: Atendido lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia y teniendo especialmente en consideración que pese al tiempo que ha transcurrido desde el inicio de la investigación, no aparecen reunidos mayores y nuevos antecedentes por parte de la Fiscalía que aquellos tenidos en consideración en la época de la formal
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica