JUZGADO DE GARANTIA DE VILLARRICA

MINISTERIO PUBLICO . . C/ LUIS EDER PUENTES MILLAR

Rol

Fecha

8 de mayo de 2020

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, estimando esta Corte que existen otras medidas distintas a prisión preventiva y con el fin de fin de asegurar una mayor flexibilidad, compatible con el tipo y la gravedad del delito, la personalidad y los antecedentes del imputado y la protección de la sociedad, en tiempos de la pandemia mundial producida por el virus COVID-19, SE REVOCA la resolución apelada de fecha cinco de mayo de dos mil veinte, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva al imputado LUIS EDER PUENTES MILLAR, y en su lugar, se resuelve que se le impone la medida cautelar de arresto domiciliario total. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-383-2020 (pvb).

Fallo

se resuelve que se le impone la medida cautelar de arresto domiciliario total. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-383-2020 (pvb).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, ocho de mayo de dos mil veinte. A los escritos de fecha siete de mayo de dos mil veinte: Folio 4: A lo principal, primer y segundo otrosí: Téngase presente. Folio 5: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, estimando esta Corte que existen otras medidas distintas a prisión preventiva y con el fin de f

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