MP C/ FABIAN ANTONIO ROJAS ARAVENA
Rol
Fecha
6 de mayo de 2020
Materia
OTRAS MATERIAS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y teniendo en consideración: 1°.- Que no existe constancia de que hayan variado las circunstancias concretas que motivaron la prisión preventiva del imputado de autos, concurriendo en la especie los requisitos del artículo 140 del Código Procesal Penal. 2°.- Que la situación de pandemia que se ha esgrimido por la defensa, constituye un tema de preocupación mundial y que, en el ámbito nacional ha generado diversas decisiones jurídicas y políticas por parte de las autoridades, tanto del Ejecutivo como del Legislativo y Judicial. En lo que respecta al ámbito de los internos del sistema carcelario chileno, le corresponde determinar las condiciones a las autoridades de salud y, su aplicación, a Gendarmería de Chile, quien debe velar por el resguardo de la integridad y condiciones físicas y psíquicas de los internos, conforme a la legislación vigente e instrucciones de las autoridades, todo lo cual en caso alguno constituye un fundamento que altere las normas del Código Procesal Penal aplicadas en la presente investigación, más aun
Fundamentos
considerando la gravedad y la naturaleza de los delitos que se le imputan y su prognosis de pena. Por lo anteriormente expuesto, el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que concurrieron a esta audiencia y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 140, 352, 358, 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada en la audiencia del día veintiocho de abril de dos mil veinte, inserta en la carpeta virtual RIT 167-2019 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca, que mantiene la medida cautelar de prisión preventiva, respecto del imputado FABIÁN ANTONIO ROJAS ARAVENA. El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal estudiará la posibilidad de agendar el juicio a la brevedad posible. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal- 431-2020
Texto Completo (Preview)
Talca, seis de mayo de dos mil veinte. Visto y teniendo en consideración: 1°.- Que no existe constancia de que hayan variado las circunstancias concretas que motivaron la prisión preventiva del imputado de autos, concurriendo en la especie los requisitos del artículo 140 del Código Procesal Penal. 2°.- Que la situación de pandemia que se ha esgrimido por la defensa, constituye un tema de preocup
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica