GONZALEZ/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN
Rol
Fecha
6 de mayo de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que doña Ariana Valle González por sí y en representación de su hija menor de edad, Oriana Landaeta González, deduce recurso de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior, por el acto que considera arbitrario e ilegal consistente en la falta de respuesta de la recurrida a los reclamos con respecto al error en la notificación que solicita subsanar y otorgar un plazo de imposible de cumplir sobre un trámite respecto al cual había dado cumplimiento en forma anterior, solicitando dar continuidad al trámite ya iniciado de solicitud de permanencia definitiva de la recurrente, atendido que ha cumplido con toda la documentación requerida, incluido el certificado de antecedente penal del país de origen debidamente apostillado y del mismo modo en cuanto a la solicitud de su hija menor, condenando en costas a la recurrida. Indica que el 1 de junio de 2019, presentó una solicitud de permanencia definitiva, adjuntando toda la documentación requerida al efecto y que cuatro meses después, en correo del 28 de octubre del mismo año, se le informa que la solicitud estaba incompleta, atendido que no había remitido el certificado de antecedentes penales de su país de origen debidamente legalizado o apostillado y se le otorgó un plazo de 5 días hábiles para acompañar el documento. Explica que lo resuelto no es efectivo, ya que ella si adjuntó a la solicitud el certificado debidamente apostillado, lo cual es perfectamente verificable en la plataforma digital. Expresa que, aun cuando la recurrente hubiese accedido a subsanar la solicitud, la recurrida solo le otorgó un plazo de 5 días hábiles, para enviar una nueva solicitud, pero la tramitación del certificado de antecedentes penales en su país de origen requiere a lo menos de un plazo de 10 días y del mismo para su posterior apostilla, razón por la cual lo solicitado es de imposible cumplimiento, en circunstancias que ellos tienen conocimiento de esta
Fallo
se declara que SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido por dona Ariana Valle González por sí y en representación de su hija Oriana Landaeta González. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-25809-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, seis de mayo de dos mil veinte. A los folios N° 12, 13, 14 y 15: a todo, téngase presente. Al folio N° 16: a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que doña Ariana Valle González por sí y en representación de su hija menor de edad, Oriana Landaeta González, deduce recurso de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio d
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