SIN INFORMACION

M.P./C/PATRICIO JAVIER POZA STUARDO

Rol

Fecha

6 de mayo de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INCOMPETENCIA

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Hechos

Vistos: Primero: Que con fecha 11 de noviembre de 2019 el Juzgado de Garantía de Rancagua se declaró incompetente para controlar la ejecución de la pena impuesta a Patricio Soza Stuardo por el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Rancagua, remitiendo los antecedentes al Juzgado de Garantía de San Antonio. Asimismo, el 15 de noviembre de dicha anualidad el Juzgado de Garantía de San Antonio rechazó la competencia declinada, por estimar que correspondía conocer de la causa al Juzgado de Garantía de Melipilla, en atención al domicilio del condenado. A su vez, el 21 de noviembre de 2019 el Juzgado de Garantía de Melipilla rechazó la competencia por estimar que la pena sustitutiva habría de cumplirse en la ciudad de San Antonio. Segundo: Que conociendo de la contienda de competencia la Corte de Apelaciones de Rancagua, el 30 de abril de 2020, estimó los tribunales que se disputan la competencia son aquellos de las ciudades de San Antonio y Melipilla, los que no dependen de dicho tribunal de alzada, remitiendo los antecedentes a esta Corte por el ser “superior jerárquico del Juzgado de Garantía de Melipilla, último tribunal que traba la contienda”. Tercero: Que el artículo 190 del Código Orgánico de Tribunales prescribe en su inciso primero que las contiendas de competencia deben ser resueltas por el tribunal que sea superior común de los que estén en conflicto, agregando dicha norma en su inciso tercero que si los tribunales dependieren de diversos superiores, iguales en jerarquía, resolverá la contienda el que sea superior del tribunal que hubiere prevenido en el conocimiento del asunto. Cuarto: Que del mérito de lo expuesto se desprende que en la especie la disputa de competencia se suscita entre el Juzgado de Garantía de San Antonio y el Juzgado de Garantía de Melipilla, y, además que el primero de los nombrados previno en el conocimiento de la causa con anterioridad al segundo. Quinto: Que, en consecuencia, corresponde al superior jerárquico del Juzgado de Ga

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CH- Mjc En San Miguel, a seis de mayo del año dos mil veinte. Por recibidos los antecedentes de la Corte de Apelaciones de Rancagua. Vistos: Primero: Que con fecha 11 de noviembre de 2019 el Juzgado de Garantía de Rancagua se declaró incompetente para controlar la ejecución de la pena impuesta a Patricio Soza Stuardo por el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Rancagua, remitiendo los antecede

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