CARMONA/GRUPO PROYECCION LIMITADA
Rol
Fecha
5 de mayo de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 472 del Código del Trabajo, las resoluciones que se dicten en los procedimientos regulados en el párrafo del cumplimiento de la sentencia y de la ejecución de los títulos ejecutivos laborales serán inapelables, salvo lo dispuesto en el artículo 470, cuyo no es el caso, no pudiendo el presente recurso ser acogido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 472 de Código del Trabajo, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el veinte de marzo de dos mil veinte, en contra de la resolución de veinte de febrero del mismo año. Regístrese y comuníquese, vía interconexión. N°Laboral - Cobranza-1282-2020.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 472 de Código del Trabajo, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el veinte de marzo de dos mil veinte, en contra de la resolución de veinte de febrero del mismo año. Regístrese y comuníquese, vía interconexión. N°Laboral - Cobranza-1282-2020.
Texto Completo (Preview)
mplb C.A. de Santiago Santiago, cinco de mayo de dos mil veinte Al folio 2; a todo, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 472 del Código del Trabajo, las resoluciones que se dicten en los procedimientos regulados en el párrafo del cumplimiento de la sentencia y de la ejecución de los títulos ejecutivos laborales serán i
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica