/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL DE VALPARAISO
Rol
Fecha
5 de mayo de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece el abogado y Defensor Penal Público Penitenciario Humberto Romero Fuentes, quien deduce acción constitucional de amparo en favor de Alexis Patricio Rodríguez López, quien actualmente se encuentra cumpliendo condena en el Centro de Detención Preventiva de Limache, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones, la que de manera arbitraria e ilegal rechazó la libertad condicional de su representado, con fecha 15 de abril de 2020. Indica que su representado se encuentra cumpliendo una condena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, como autor de un delito de robo con intimidación, la que comenzó a cumplir el 12 de febrero de 2017, y termina el 13 de febrero de 2022 -o 13 de septiembre de 2021, de hacerse efectivo a su respecto el beneficio de rebaja de condena con que fue favorecido-, alcanzando el tiempo mínimo el 13 de junio de 2020. Añade que, de acuerdo a lo informado por Gendarmería de Chile, el amparado cumple con los requisitos de tiempo mínimo, escolaridad, trabajo y conductas exigidos por el D.L. N° 321, de 1925. Acota que, no obstante ello, la Comisión recurrida, mediante ordinario N° 345/2020, rechazó la solicitud de libertad condicional, indicando al efecto: “Que atendido el mérito de los antecedentes tenidos a la vista, especialmente el informe de postulación psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile, se desprende que el interno no cumple con los requisitos necesarios para un cumplimiento en libertad”. Alega el recurrente que esas condiciones establecidas por la apuntada Comisión exceden a los requisitos del referido decreto ley. En efecto, de conformidad con el numeral 3) del artículo 2° del D.L. N° 321, modificado por la ley N° 21.124, de 18 de enero de 2019, al momento de postular al anotado beneficio el condenado debe contar con un informe de postulación psicosocial, por lo que la exigencia legal se limita solo a que se obtenga dicho informe sin atender a su contenido. E
Fundamentos
considerando la totalidad de los antecedentes remitidos por Gendarmería de Chile, especialmente el informe de postulación psicosocial del que se desprende que pese a haber alcanzado logros en las distintas áreas evaluadas, aún mantiene un saldo importante de pena que cumplir, toda vez que termina su condena el 13 de febrero de 2022. A folio 11, se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que del mérito de los antecedentes allegados a estos autos, en especial del Formulario Consolidado de Postulación al Proceso de Libertad Condicional y del Informe de Postulación Psicosocial, consta que el amparado cumple con el tiempo mínimo para obtener el beneficio de libertad condicional y que su conducta ha sido calificada como “muy buena” desde el bimestre julio-agosto de 2018 en adelante. Segundo: Que, aun cuando la recurrida tiene la facultad de ponderar los antecedentes que le sean presentados y, conforme a ellos, decidir fundadamente sobre la solicitud, el carácter facultativo de esa determinación no importa que la misma pueda adoptarse desatendiendo los antecedentes aportados por el mencionado informe y aquellos que integran el proceso de postulación al beneficio en comento. En este sentido, el informe laboral da cuenta que el usuario se ha desempeñado como mozo y como peluquero, manteniendo un muy buen desempeño y clima laboral, circunstancias que permiten establecer que la libertad condicional es idónea para que el amparado concluya su proceso reinserción social. Además su informe psicosocial, resulta ser favorable para el otorgamiento del beneficio en análisis. Tercero: Que, en consecuencia, en este caso la Comisión recurrida ha negado la libertad condicional al amparado pese a cumplir con todos los requisitos previstos en el artículo 2° del Decreto Ley N° 321, de manera infundada y contraria a los antecedentes pertinentes, con lo cual se ha privado ilegalmente al amparado de su derecho a recuperar, condicionalmente, su libertad ambulatoria, por lo que la acción de amparo examinada deberá ser acogida en la forma pedida en el arbitrio.
Fallo
En mérito de lo expuesto, solicita se sirva acoger el presente recurso de amparo y se reestablezca el imperio del derecho mediante la declaración que el amparado reúne todos los requisitos para acceder al beneficio de libertad condicional. A folio 6, informa el Alcaide del Centro de Detención Preventiva de Limache, quien remite los antecedentes que constan en la carpeta de postulación para el beneficio de que se trata. A folio 9, informa el Ministro (S) Presidente de la Comisión de Libertad Condicional señor Erik Espinoza Cerda, quien señala que Comisión de Libertad Condicional correspondiente al primer semestre del año 2020, actuando dentro de las facultades legales contempladas en el artículo 5° del Decreto Ley N° 321, resolvió por unanimidad y de manera fundada, rechazar el beneficio al interno, considerando la totalidad de los antecedentes remitidos por Gendarmería de Chile, especialmente el informe de postulación psicosocial del que se desprende que pese a haber alcanzado logros en las distintas áreas evaluadas, aún mantiene un saldo importante de pena que cumplir, toda vez que termina su condena el 13 de febrero de 2022. A folio 11, se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que del mérito de los antecedentes allegados a estos autos, en especial del Formulario Consolidado de Postulación al Proceso de Libertad Condicional y del Informe de Postulación Psicosocial, consta que el amparado cumple con el tiempo mínimo para obtener el benef
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C.A. de Valparaíso Valparaíso, cinco de mayo de dos mil veinte. Visto: A folio 1, comparece el abogado y Defensor Penal Público Penitenciario Humberto Romero Fuentes, quien deduce acción constitucional de amparo en favor de Alexis Patricio Rodríguez López, quien actualmente se encuentra cumpliendo condena en el Centro de Detención Preventiva de Limache, en contra de la Comisión de Libertad Condici
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