SIN INFORMACION

VÁSQUEZ FUNES ESTEBAN ANDRÉS/GENDARMERIA DE CHIEL COLINA I

Rol

Fecha

4 de mayo de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 287 de abril del año en curso, se dedujo acción de amparo en favor de Esteban Andrés Vásquez Funes¸ y dirigido contra Gendarmería de Chile, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la negativa a incluirlo en la concesión de beneficios intrapenitenciarios, lo que estima vulnera la garantía constitucional contenida en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política. Solicita en definitiva se acoja el presente recurso y se ordene a la recurrida postular al amparado al beneficio indicado. Expone que el interno se encuentra recluido en el CCP Colina I, cumpliendo diversas condenas: 954 días, 41 días y 2 años, cuyo inicio fue el 18 de agosto de 2018, y la fecha de término está contemplada para el 9 de mayo de 2023. Habiendo cumplido el tiempo mínimo para beneficios intrapenitenciarios el 28 de diciembre de 2019, en concreto, para la salida dominical, sin justificación alguna. Segundo: Que al informar al tenor del recurso, Gendarmería de Chile indicó que el amparado cumple con los requisitos para postular al beneficio indicado, por lo cual la evaluación de su postulación se efectuará en sesión del Consejo Técnico el día 7 de mayo próximo. Tercero: Que, el recurso de amparo constituye jurídicamente una acción cautelar, de índole constitucional, cuyo contenido específico es el requerimiento de tutela jurisdiccional frente a privaciones de libertad ambulatoria con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes; frente a amenazas arbitrarias o ilegales al ejercicio de dicha libertad, y frente a privaciones, perturbaciones o amenazas a la seguridad individual, sin limitaciones y sin que importe el origen de tales atentados. Cuarto: Que del mérito de los antecedentes que constan en la causa, aparece que no existe ninguna actuación arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, por cuanto la Comisión que evaluará la concesión de beneficios intrapenitenciarios, se reunirá con fecha 7 de mayo próximo, por lo

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales citadas y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo; se rechaza la acción constitucional de amparo interpuesta en favor de Esteban Andrés Vásquez Funes¸, en contra Gendarmería de Chile Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1082-2020. Pronunciada por la Primera Sala, integrada por los Ministros señora Dobra Lusic Nadal, señor Alejandro Rivera Muñoz y el Ministro (S) señor Rafael Andrade Diaz. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, cuatro de mayo de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cuatro de mayo de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 287 de abril del año en curso, se dedujo acción de amparo en favor de Esteban Andrés Vásquez Funes¸ y dirigido contra Gendarmería de Chile, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la negativa a incluirlo en la concesión de beneficios intrapenitenciarios, lo que estima vulnera la

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